JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CHILLAN

LARA CON INSO CHILE, AGENCIA EN CHILE DE INSO SISTEMI

Rol

Fecha

29 de noviembre de 2022

Materia

OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En estos autos RIT O-60-2022, RUC 22-4-0385631-6 del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán, caratulados “Lara con INSO Chile”, por sentencia de doce de agosto pasado, el juez titular de dicho tribunal, don Sergio Dunlop Echavarría, declaró: “I.- Que se rechaza la demandada interpuesta por don JAIME ORLANDO LARA REYES, en contra de Inso Chile, Agencia en Chile, y solidariamente o subsidiariamente en contra del SERVICIO DE SALUD ÑUBLE, todos anteriormente individualizados. II.- Que cada parte pagará sus costas, por haber litigado con motivo plausible”. En contra de esta sentencia, la parte demandante dedujo recurso de nulidad, fundado en las causales contempladas en las letras e) y b) del artículo 478 del Código del Trabajo, y en la prevista en el artículo 477 del mismo código, las que interpuso de manera subsidiaria. Declarado admisible el recurso, con fecha siete del mes en curso se procedió a la vista de la causa, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, como causal principal, el recurrente sostiene que la sentencia de primer grado infringe de dos maneras lo preceptuado en la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo, en relación al artículo 459 N° 4 del mismo cuerpo legal. Afirma que no se ha analizado toda la prueba rendida, por cuanto el

Fallo

fallo impugnando decidió (antes de entrar al fondo del asunto) rechazar la demanda y acoger la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por la demandada principal, llegando a esa conclusión valorando únicamente ciertos documentos aportados por la contraria. El centro del debate en torno a la excepción opuesta, radicó en determinar para cuál empresa había prestado servicios el actor en la construcción del hospital de propiedad de la mandante Servicio de Salud Ñuble por más de 4 meses sin existir contrato escrito. Añade que, según consta de la prueba aportada por su parte, el contrato de construcción del Hospital Ñuble fue adjudicado a la demandada principal (INSO Chile) -lo que se encuentra reconocido en el fallo impugnado-, no existiendo en el portal mercado público ninguna cesión ni modificación contractual que de cuenta que aquella haya suscrito un contrato con la demandada solidaria para ceder sus derechos a una tercera empresa. La demandada principal sostuvo que, supuestamente, el actor había prestado servicios para una tercera empresa llamada FINSO Chile y no para ella, para fundamentar tal aserto acompañó el certificado de cotizaciones previsionales de su representado, una serie de documentos de la obra donde figuran aludidas indistintamente INSO y FINSO y unas adendas de contrato simples suscritos entre FINSO E INSO sin intervención de la demandada solidaria. Indica el letrado, que en el contexto expuesto, se decretó como prueba de su parte, la exhibición

Texto Completo (Preview)

Chillán, veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: En estos autos RIT O-60-2022, RUC 22-4-0385631-6 del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán, caratulados “Lara con INSO Chile”, por sentencia de doce de agosto pasado, el juez titular de dicho tribunal, don Sergio Dunlop Echavarría, declaró: “I.- Que se rechaza la demandada interpuesta por don JAIME ORLANDO LARA REYES, en contra de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica