JUZGADO DE GARANTIA DE RANCAGUA

MP C/ GUILLEMO VERGARA GONZALEZ, TOMAS Y OTROS

Rol

Fecha

29 de noviembre de 2022

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, la prognosis de una pena efectiva, el número de los delitos que se le imputan, la naturaleza de los mismos, el hecho de no constar con irreprochable conducta anterior, permiten establecer que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, contexto en que la prisión preventiva resulta necesaria y proporcional al mérito del proceso. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintiocho de noviembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 3100-2022, que modifica la necesidad de cautela por peligro para la seguridad de la sociedad, fija como caución la suma de $2.000.000.-, y además, dispone la cautelar de arresto domiciliario total o parcial, y en su lugar se decide que se mantiene medida cautelar de prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad del imputado Guillermo Ángelo Vergara Gonzalez. Se previene que la Ministra Sra. Bárbara Quintana Letelier, concurre a la revocatoria, desechada que fuera su indicación previa de declarar inadmisible el recurso interpuesto, por estimar que es improcedente la apelación en este caso, fundado en que el artículo 146 del Código Procesal Penal, dispone que la caución se efectúa para “reemplazar” la prisión preventiva y, los términos que emplea el artículo 149 del mismo cuerpo de normas son “ordenare, mantuviere, negare lugar o revocare”, de tal suerte que, se estaría frente a una disposición distinta, no siendo posible a juicio de la prevencionanista de conformidad al artículo 9° en relación a la interpretación restrictiva de las normas que vayan en contra de los imputados, entender que la voz “reemplazar” se encuentra dentro de las hipótesis que emplea el artículo 149, por lo que la apelación verbal, debió, a juicio de la prevencionista, haber sido declarada inadmisible. Comuníquese. Rol

Fallo

se decide que se mantiene medida cautelar de prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad del imputado Guillermo Ángelo Vergara Gonzalez. Se previene que la Ministra Sra. Bárbara Quintana Letelier, concurre a la revocatoria, desechada que fuera su indicación previa de declarar inadmisible el recurso interpuesto, por estimar que es improcedente la apelación en este caso, fundado en que el artículo 146 del Código Procesal Penal, dispone que la caución se efectúa para “reemplazar” la prisión preventiva y, los términos que emplea el artículo 149 del mismo cuerpo de normas son “ordenare, mantuviere, negare lugar o revocare”, de tal suerte que, se estaría frente a una disposición distinta, no siendo posible a juicio de la prevencionanista de conformidad al artículo 9° en relación a la interpretación restrictiva de las normas que vayan en contra de los imputados, entender que la voz “reemplazar” se encuentra dentro de las hipótesis que emplea el artículo 149, por lo que la apelación verbal, debió, a juicio de la prevencionista, haber sido declarada inadmisible. Comuníquese. Rol Corte 1722-2022 Penal.- “Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema”.

Texto Completo (Preview)

saa C.A. Rancagua Rancagua, veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. Siendo las 09.48 horas, ante la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones, integrada por el Ministro Titular señor Jorge Fernández Stevenson, la Ministra Titular señora Bárbara Quintana Letelier, y la abogada integrante señora María Latife Anich, se lleva a efecto la audiencia pública del recurso de apelación deduci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica