SIN INFORMACION

SANCHEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

30 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: En folio 1, se deduce recurso de protección en favor de don Juan Carlos Sánchez Aguilera, de nacionalidad boliviana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la falta de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada el 15 de enero de 2020. Argumenta que dicha omisión afecta el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la ley N° 19.980. Solicita se ordene a la recurrida que emita pronunciamiento. Se informa por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Señala que con fecha 6 de Diciembre del 2021, se dictó Resolución Exenta N° 21332300, en el que se aprueba avance en el estado de trámite de la solicitud de permanencia definitiva, señalando que se encuentra en Análisis avanzado. Además, informa que al encontrarse en trámite la solicitud del actor, cuenta con situación migratoria regular, por lo que no se ha incurrido en alguna actuación u omisión ilegal o arbitraria, solicitando el rechazo del recurso. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando. Que, si bien el estado de tramitación del requerimiento del actor tendiente a la obtención de su permanencia definitiva, se encuentra en trámite, no es menos cierto que ha existido una dilación excesiva en su tramitación, y, por tanto, implica una omisión ilegal que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge el recurso de protección ded

Fallo

por tanto, implica una omisión ilegal que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge el recurso de protección deducido en favor de don Juan Carlos Sánchez Aguilera en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se ordena al recurrido que, en el plazo de sesenta días, se pronuncie sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por el actor. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-138454-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Valparaíso, treinta de noviembre de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, se deduce recurso de protección en favor de don Juan Carlos Sánchez Aguilera, de nacionalidad boliviana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la falta de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada el 15 de enero de 2020. Argumenta que dicha omisión afecta el prin

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