JEFFERSON JESÚS ESPINOZA RODRÍGUEZ Y OTROS/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADO Y ACOGIDO
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- En estos antecedentes rol ingreso Corte 64.484-2022 Protección, se recurre de protección a favor de Jefferson Jesús Espinoza Rodríguez empleado, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.920.844-9, Geisy Esther Pineda Díaz empleada, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.292.299-5, Alejandro Andrés Rodríguez Pineda menor de edad, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.871.691-2, y de José Ángel Blanca Muñoz empleado, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.757.823-0, todos domiciliados para estos efectos en Obispo Salas 445, Comuna Concepción, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión ilegal y arbitraria en la emisión de resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando las solicitudes de residencia definitiva, solicitada por los recurrentes de autos con fechas 26 de abril de 2021, 02 de febrero de 2022, 02 de febrero de 2022 y 31 de enero de 2022 respectivamente, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley 19.880. En síntesis, explica que Jefferson Jesús Espinoza Rodríguez empleado, de nacionalidad venezolana, ingreso al país en calidad de turista, estando dentro del país cambia su condición migratoria por visa sujeta a contrato otorgada, en el caso de los recurrentes Geisy Esther Pineda, José Ángel Blanca Muñoz empleados, y Alejandro Andrés Rodríguez menor de edad, todos de nacionalidad venezolana, ingresaron al país en calidad de turistas, estando dentro del país deciden cambiar su condición migratoria por visas de residentes temporaria otorgada, todos con el propósito de establecerse y desarrollar sus pr
Fundamentos
considerando el tiempo transcurrido desde la presentación de cada una de la solicitudes de permanencia definitiva, queda de manifiesto que la recurrida ha dado una tramitación oportuna a las solicitudes presentadas por los recurrentes Geisy Esther Pineda Díaz, Alejandro Andrés Rodríguez Pineda y José Ángel Blanca Muñoz empleado, sin que a su respecto pueda reprocharse ningún acto ilegal o arbitrario que perturbe los derechos fundamentales aludidos en el recurso. Sin embargo, respecto del recurrente, Jefferson Jesús Espinoza Rodríguez, la recurrida ha demorado en más de diecinueve meses la revisión de los antecedentes del recurrente, manteniendo en suspenso su petición mucho más allá de lo que resulta razonable afectando el normal desarrollo de su vida al carecer de certezas sobre su permanencia en territorio nacional, lo que revela una conducta omisiva ilegal y arbitraria, que vulnera la garantía de igualdad ante la ley, debiendo esta Corte adoptar las medidas que aseguren el restablecimiento del imperio del Derecho.
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo de los recursos de protección y sus modificaciones: I.- Se rechaza sin costas el interpuesto a favor de Geisy Esther Pineda Díaz, Alejandro Andrés Rodríguez Pineda y José Ángel Blanca Muñoz en contra del Servicio Nacional de Migraciones. II.- Se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Jefferson Jesús Espinoza Rodríguez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se ordena a la recurrida adoptar las medidas que sean necesarias para que se resuelva la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente dentro del plazo máximo de sesenta días hábiles. El segundo punto resolutivo se acordó contra el voto del abogado integrante Marcelo Matus Fuentes, quien fue de la opinión de rechazar el recurso presentado a favor de Espinoza Rodríguez, al no visualizar un acto ilegal o arbitrario que pudiera reprocharse a la recurrida. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redacción del abogado integrante don Marcelo Matus Fuentes. N°Protección-64484-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1.- En estos antecedentes rol ingreso Corte 64.484-2022 Protección, se recurre de protección a favor de Jefferson Jesús Espinoza Rodríguez empleado, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.920.844-9, Geisy Esther Pineda Díaz empleada, de nacionalidad venezolana
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