CENTRO DE MEDIDAS CAUTELARES DE SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

28 de noviembre de 2022

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que del mérito de los hechos relatados no se advierte, en el presente estado procesal, el maltrato físico o psicológico que habilita para la declaración de incompetencia que se ha apelado; en los términos a que se refiere el artículo 13 de la ley 20.066; Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se revoca la resolución apelada de veinticinco de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Centro de Medidas Cautelares y en su lugar se decide que dicho tribunal deberá continuar con la tramitación de la causa, como en derecho...

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se revoca la resolución apelada de veinticinco de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Centro de Medidas Cautelares y en su lugar se decide que dicho tribunal deberá continuar con la tramitación de la causa, como en derecho...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. Al folio 6, téngase presente. Vistos: Que del mérito de los hechos relatados no se advierte, en el presente estado procesal, el maltrato físico o psicológico que habilita para la declaración de incompetencia que se ha apelado; en los términos a que se refiere el artículo 13 de la ley 20.066; Por estas consideraciones y de con

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica