JUZGADO DE GARANTIA DE CALAMA

ROBERTO ELIAS ARANDA ARCOS C/ JOSE HERMENEGILDO MINO MINO

Rol

Fecha

28 de noviembre de 2022

Materia

GIRO DOLOSO DE CHEQUES AC. PENAL PUBLICA ART. 42. DFL 707

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, con el objeto de cumplir con los fines del derecho en cuanto a la certeza y seguridad, y siendo el único hecho cierto el domicilio del cuenta correntista, como asimismo el del Banco librado, no cabe sino establecer que es competente para conocer todos los hechos relacionados con el documento el Juzgado de Garantía de Calama. Por esta consideración y visto además lo dispuesto en los artículos 157 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, se dirime la contienda declarando que es competente el Juzgado de Garantía de Calama. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Calama y al Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese y comuníquese. Rol 1258-2022 (PENAL)

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ACTA DE AUDIENCIA En Antofagasta, a veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, integrada por los Ministros Titulares Virginia Soublette Miranda, Oscar Clavería Guzmán y Juan Opazo Lagos, se da inicio a la audiencia respecto a la contienda de competencia suscitada entre el Juzgado de Garantía de Calama y el Cuarto Juzgado de

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