/MEZA
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE/INTERPUESTO REC DE PROTE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que los hechos en que se funda el recurso se relacionan con la afectación del derecho a la vida e integridad física y/o psíquica de los internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario de San Felipe, tratándose de una garantía constitución resguardada a través del recurso de protección, se omite pronunciamiento en el presente ingreso de recurso de amparo y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Protección” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: A lo principal: Por interpuesto recurso de protección. Informe el recurrido “Centro de Cumplimiento Penitenciario de San Felipe”, dentro de CINCO DIAS, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido. Asimismo, requiérase informe a “Gendarmería de Chile – Dirección Regional de la Región de Valparaíso”, a fin que informe dentro del MISMO PLAZO al tenor del recurso deducido, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para su correcta inteligencia y resolución. Acompáñese copia de las piezas pertinentes. Requiérase informe por la vía más expedita. Al primer otrosí: No ha lugar por ahora, sin perjuicio de lo que pueda resolver la Sala que conozca del fondo del asunto. Al segundo otrosí: Téngase presente. Al tercer otrosí: Estese a lo resuelto en lo principal. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. Regístrese y archívense. N°Amparo-2400-2022.
Fallo
se declara inhabilitado para entrar al conocimiento de la presente causa, por la causal contenida en el artículo 19 N° 3 de la Carta Fundamental, en su vertiente del debido proceso, que garantiza la imparcialidad del juzgador, por relación de parentesco con doña Pía Gómez Riquelme, quien ejerce funciones en Gendarmería de Chile. Marjorie Zuleta Amador Relatora de Cuenta Valparaíso, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. Proveyendo a folio N° 1 Ingreso Recurso: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que los hechos en que se funda el recurso se relacionan con la afectación del derecho a la vida e integridad física y/o psíquica de los internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario de San Felipe, tratándose de una garantía constitución resguardada a través del recurso de protección, se omite pronunciamiento en el presente ingreso de recurso de amparo y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Protección” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: A lo principal: Por interpuesto recurso de protección. Informe el recurrido “Centro de Cumplimiento Penitenciario de San Felipe”, dentro de CINCO DIAS, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta intel
Texto Completo (Preview)
ecv C.A. de Valparaíso Certifico: Que el Ministro Sr. Gómez, se declara inhabilitado para entrar al conocimiento de la presente causa, por la causal contenida en el artículo 19 N° 3 de la Carta Fundamental, en su vertiente del debido proceso, que garantiza la imparcialidad del juzgador, por relación de parentesco con doña Pía Gómez Riquelme, quien ejerce funciones en Gendarmería de Chile. Marjorie
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