CARLOS ANTONIO BUSTOS PARRA/10°JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Carlos Alberto Godoy Marillán, para interponer acción constitucional de amparo en favor de Carlos Antonio Bustos Parra, en contra del 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que por resolución de 18 de noviembre del año en curso, dictada en causa RIT 1357 – 2019, no accedió a abonar a la pena que actualmente sirve su representado, el tiempo que estuvo privado de libertad en causa diversa. Explica que Bustos Parra se encuentra actualmente cumpliendo una condena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, impuesta por sentencia dictada el 29 de abril del año en curso, en causa RIT 219 – 2021, seguida ante el 6° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, por su responsabilidad en el delito de tráfico ilícito de estupefacientes. Indica que, en audiencia de revisión de 18 de noviembre del año en curso, solicitó que se abonara a la actual condena, el tiempo que estuvo privado de libertad en causa RIT 6689 – 2016, seguida ante el 9° Juzgado de Garantía de Santiago. Expone que primero estuvo sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva, desde 8 de junio de 2016 a 29 de julio de 2016; y que luego, lo estuvo con arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional, desde 29 de julio de 2016 al 9 de febrero de 2017. Añade que dicha causa finalizó por decisión de no perseverar, comunicada por el Ministerio Público. Señala que, en la respectiva audiencia, el Ministerio Público no se opuso a la petición de la defensa, dejando a criterio del tribunal el abono pedido. Expone que el tribunal fundó su negativa en que la decisión de no perseverar no pone término definitivo a una causa, impidiendo el abono en una causa diversa, y que no se cumple, en la especie, con lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales, que regula la unificación de penas. Sostiene que el razonamiento del tribunal es contrario a derecho, afirmando que por tratarse de un proceso que terminó por decisión de no perseverar y que habie
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del condenado Carlos Antonio Bustos Parra. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. N° 857 - 2022 Amparo
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso de amparo el abogado don Carlos Alberto Godoy Marillán, asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 10:18 horas y terminó a las 10:30 horas. San Miguel, 28 de noviembre de 2022. Nicole Bustos Maulén. Relatora. San Miguel, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. Al folio 6: Téngase presente. Vistos y teniendo
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