MINISTERIO PUBLICO C/ MICHAEL OMAR BENJAMIN REBAZA DIAZ
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2022
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Y teniendo presente el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, estos sentenciadores concluyen que, en esta etapa del procedimiento, concurren las exigencias señaladas en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia de presunciones fundadas de la configuración del tipo penal por el cual fue formalizado y de la participación atribuida al imputado en el mismo, teniendo para ello en consideración las declaraciones de la víctima, quien realizó una imputación directa contra el encausado, el informe de lesiones y la declaración de un testigo que contextualiza la fecha de ocurrencia de los hechos y cómo habría intervenido el encartado, y no existiendo por ahora, algún antecedente que haga verosímil la tesis de legítima defensa planteada por la defensa. Asimismo, se configuran también los presupuestos de la letra c) de la citada disposición, por estimarse que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniéndose presente la naturaleza del ilícito, su forma de comisión y especialmente la gravedad de la pena asignada al delito y el bien jurídico afectado. Por lo antes expresado y considerando, además, lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código legal citado, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia del día ocho de noviembre de dos mil veintidós, y, en su lugar, se decide que se hace lugar a la solicitud del Ministerio Público de decretar la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Michael Omar Benjamín Rebaza Díaz, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal y actúa como ministro de fe el relator señor Javier Cancino Lagos. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1495-2022 Penal.- La Serena, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se decide que se hace lugar a la solicitud del Ministerio Público de decretar la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Michael Omar Benjamín Rebaza Díaz, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal y actúa como ministro de fe el relator señor Javier Cancino Lagos. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1495-2022 Penal.- La Serena, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. Siendo las 10:27 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro Titular señor Iván Corona Albornoz e integrada por las Ministras interinas señora Ingrid Castillo Fuenzalida y señora Marcela Sandoval Durán, se realiza la audiencia fijada para el conocimiento del recurso de apelación deducido por el Min
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