ANONIMIZADO
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2022
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el artículo 13 de la ley Nº 19.968 establece la obligación del juez de familia, de actuar de oficio, al disponer que promovido el proceso y en cualquier estado del mismo, debe adoptar todas las medidas necesarias para llevarlo a término con la mayor celeridad. Concordante con ello, el artículo 23 de la misma ley, en su inciso cuarto, indica que cuando la demanda deba notificarse a persona cuya individualización o domicilio sean difíciles de determinar, el juez ...
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó revocando la postulante CAROLINA. San Miguel, 28 de noviembre de 2022. San Miguel, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. Al folio 6: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el artículo 13 de la ley Nº 19.968 establece la obligación del juez de familia, de actuar de oficio, al disponer que promovido el proceso y en cualquier estado del mismo, de
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