SIN INFORMACION

PEIRANO / ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

Rol

Fecha

30 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: A folio 1, comparece Josefina Andrea Peirano Pradas en contra de Isapre Cruz Blanca por el acto ilegal y arbitrario consistente en negar cobertura a prestaciones de salud por supuesta preexistencia no declarada, vulnerando las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°1,9 y 24 Constitución Política de la República. La actora relata que con fecha 26 de septiembre de 2022, procedió recibir respuesta a solicitud de apelación a la negativa de cubrir una operación quirúrgica, señalándole: “Junto con saludarle, informamos a usted que con fecha 1 de septiembre del presente año, recibimos carta mediante la cual, en lo concreto y por lo

Fundamentos

motivos allí expuestos, apela a la determinación de rechazo de emisión del Presupuesto requerido. Al respecto es preciso señalar que en la Declaración de Salud, se solicita que el contratante responda en forma precisa y consigne todas aquellas enfermedades, patologías o condiciones de salud que le han sido diagnosticadas médicamente y con anterioridad a la fecha de suscripción del Contrato de Salud que le haya sido diagnosticadas médicamente y con anterioridad a la fecha de suscripción del contrato de salud,…Ahora bien, revisados los antecedentes del caso verificamos que en su declaración de Salud firmada con fecha 9 de marzo de 2022, no registra patología PANSINUSITIS CRONICA, la que de acuerdo a los antecedentes médicos disponibles en la Isapre, fue diagnosticada en forma previa a la suscripción del contrato…” En este sentido se procedió a negar cobertura a la actora sin que se haya indicado o acompañado fecha de diagnóstico; comunicación de diagnóstico al afiliado y otros antecedentes que permitan ilustrar la decisión de la Isapre recurrida. Solicita la cobertura de acuerdo al plan de salud que mantiene, se cubran los gastos incurridos por la suma de $8.376.612 pesos, respecto a la patología, tiempos médicos quirúrgicos y demás coberturas que correspondan. A folio 6, DANIEL LÓPEZ VENTURI, abogado, en representación de la recurrida ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., informa que analizados Nuevamente los antecedentes del caso, se aprecia que la cotizante no contaba con el diagnóstico preexistente de “PANSINUSITIS CRONICA” que fundaba el rechazo de la cobertura solicitada. Dado ello, Isapre Cruz Blanca S.A. procedió a autorizar la cobertura solicitada y reliquidar el programa médico. En consecuencia, el recurso deducido por la parte recurrente ha perdido oportunidad, dado que, no existe el acto considerado como ilegal o arbitrario por ésta, y por lo cual no existe derecho alguno que esté siendo vulnerado y que requiera de cautela por parte de SS. Iltma. lo que coincide con lo solicitado por la cotizante en su recurso, cual es la cobertura de su programa médico,

Fallo

por tanto solicita el rechazo de la presente acción cautelar. A folio 7, se traen los autos en relación. Considerando: Primero: Que, comparece Josefina Andrea Peirano Pradas en contra de Isapre Cruz Blanca por el acto ilegal y arbitrario consistente en negar cobertura a prestaciones de salud por supuesta preexistencia no declarada, vulnerando las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°1,9 y 24 Constitución Política de la República. Segundo: Que, la recurrida solicita en rechazo del presente recurso, indicando que de un nuevo análisis de los antecedentes del caso, se aprecia que la cotizante no contaba con el diagnóstico preexistente de “PANSINUSITIS CRONICA” que fundaba el rechazo de la cobertura solicitada. Dado ello, Isapre Cruz Blanca S.A. procedió a autorizar la cobertura solicitada y reliquidar el programa médico. Tercero: Que, atendido lo informado por la recurrida Isapre, las prestaciones médicas objeto del presente recurso, han sido cubiertas por la Isapre, acompañando antecedentes que dan cuenta de esto. Cuarto: Que, por la presente acción constitucional de protección de garantías constitucionales, se pretende que esta Corte haga cesar el agravio denunciado consiste en privar a la recurrente de las coberturas de gastos incurridos por la suma de $8.376.612 pesos respecto a la patología, tiempos médicos quirúrgicos y demás coberturas que correspondan. Y que están cubiertos por su actual plan de salud. Quinto: Que corresponde anotar que, para

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edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: A folio 1, comparece Josefina Andrea Peirano Pradas en contra de Isapre Cruz Blanca por el acto ilegal y arbitrario consistente en negar cobertura a prestaciones de salud por supuesta preexistencia no declarada, vulnerando las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°1,9 y 24 Constitución Polít

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