JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

MP C/ CARLOS MOISÉS CÁCERES BARRIONUEVO

Rol

Fecha

26 de noviembre de 2022

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintitrés de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que dejó sin efecto la medida cautelar de internación provisional de CARLOS MOISÉS CÁCERES BARRIONUEVO. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Balbontín, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y mantener la cautelar de internación provisional, por considerar que no han variado las circunstancias tenidas en vista al momento de decretarla, y persistiendo el peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión N°Penal-2674-2022. En Valparaíso, veintiséis de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintiséis de noviembre de dos mil veintidós, se da inicio a esta audiencia a las 09:41 horas, ante la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo e integrada por el Ministro Suplente Sr. Rodrigo Cortés Gutiérrez y el Abogado Integrante Sr. Alberto Balbontín Retamales y actuando como

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica