MP C/ CARLOS MOISÉS CÁCERES BARRIONUEVO
Rol
Fecha
26 de noviembre de 2022
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintitrés de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que dejó sin efecto la medida cautelar de internación provisional de CARLOS MOISÉS CÁCERES BARRIONUEVO. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Balbontín, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y mantener la cautelar de internación provisional, por considerar que no han variado las circunstancias tenidas en vista al momento de decretarla, y persistiendo el peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión N°Penal-2674-2022. En Valparaíso, veintiséis de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintiséis de noviembre de dos mil veintidós, se da inicio a esta audiencia a las 09:41 horas, ante la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo e integrada por el Ministro Suplente Sr. Rodrigo Cortés Gutiérrez y el Abogado Integrante Sr. Alberto Balbontín Retamales y actuando como
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