/RAMÍREZ - (LTE) - (CASACION)
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA PERSONA NATURAL
Resultado
RECHAZADA RECURSO CASACIÓN
Hechos
Vistos: En estos autos Rol N° C-3701-2022 del ingreso del Vigesimotercer Juzgado Civil de Santiago sobre Liquidación voluntaria de persona natural, caratulados “Ramírez”, por resolución de primera instancia de trece de mayo de dos mil veintidós, escrita en el folio 5, se rechazó la petición de liquidación voluntaria que dio inicio a la tramitación. En contra de este fallo la parte demandante ha deducido recurso de casación en la forma. Se ordenó traer los autos en relación. Y
Fundamentos
considerando: Primero: Que la solicitante en autos ha fundado su recurso en las causales de casación previstas en el artículo 768 números 7 y 9 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en contener -la sentencia recurrida- decisiones contradictorias y en haber faltado algún trámite o diligencia declarados esenciales por la ley o a cualquier otro requisito por cuyo defecto las leyes prevengan expresamente que hay nulidad. Funda tales vicios señalando, en síntesis, que el
Fallo
fallo la parte demandante ha deducido recurso de casación en la forma. Se ordenó traer los autos en relación. Y considerando: Primero: Que la solicitante en autos ha fundado su recurso en las causales de casación previstas en el artículo 768 números 7 y 9 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en contener -la sentencia recurrida- decisiones contradictorias y en haber faltado algún trámite o diligencia declarados esenciales por la ley o a cualquier otro requisito por cuyo defecto las leyes prevengan expresamente que hay nulidad. Funda tales vicios señalando, en síntesis, que el fallo que impugna perjudica gravemente a la recurrente y su Derecho al acceso a la justicia. Aduce en primer lugar, respecto de la existencia de un procedimiento administrativo para la solicitante, que no es posible que pueda o intente someterse a un procedimiento de renegociación concursal, por cuanto posee juicios en su contra, habiendo sido notificada y requerida de pago en ellos, siendo su única alternativa la liquidación voluntaria, toda vez que en su calidad de persona deudora tampoco puede someterse al procedimiento de reorganización. Desarrolla, asimismo, que respecto a la insolvencia verificable, concurren en la especie los supuestos para tenerla por establecida. En cuanto a los juicios pendientes, también relata los motivos por los cuales considera que cumple con el requisito legal en torno a su indicación. Señala, adicionalmente, la forma en que los vicios alegados influirían en lo d
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. Al folio 14: éngase presente. Vistos: En estos autos Rol N° C-3701-2022 del ingreso del Vigesimotercer Juzgado Civil de Santiago sobre Liquidación voluntaria de persona natural, caratulados “Ramírez”, por resolución de primera instancia de trece de mayo de dos mil veintidós, escrita en el folio 5, se rechazó la petición de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica