LUENGO/PROSEGUR ACTIVA CHILE SERVICIOS LTDA.
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los párrafos sexto y séptimo de su fundamento segundo, que se eliminan. Y, se tiene en su lugar y, además presente: Primero: Que se estableció en la sentencia censurada que la demandada incurrió en un hecho culposo, al efectuar cargos improcedentes en la boleta de cobro de servicios dirigida a la actora. Luego, atento lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, recaía en la demandante justificar la existencia de un perjuicio, lo que respecto del daño emergente y lucro cesante no aconteció. Segundo: Que en lo relativo al daño moral, éste consiste en el menoscabo que a consecuencia de un acaecimiento o evento determinado sufre una persona, ya en sus bienes vitales o naturales, ya en su propiedad o en su patrimonio. En otros términos, consiste en todo detrimento, perjuicio, menoscabo, dolor o molestia que sufre un individuo en su persona, bienes, libertad, honor, crédito, afectos, carencias etc. Tercero: Que de acuerdo al mérito de la testimonial y documental rendida en autos, apreciada de acuerdo a las reglas de la sana crítica, resulta incuestionable que los hechos que dieron origen a esta causa, le han ocasionado a la demandante una aflicción al verse expuesta a cobros de saldos pendientes que no correspondían y posteriormente a trámites y diligencias que resultaron infructuosos, para instar a la eliminación de los mismos, por lo que se accederá a la demanda en lo relativo al daño moral. Cuarto: Que conforme el mérito de autos, se pondera prudencialmente el monto de dicho daño en la suma de quinientos mil pesos ($500.000), la que devengará intereses desde la fecha de esta sentencia, que es la que lo regula. Por estas consideraciones y de conformidad, además con lo establecido en los artículo 32 de la Ley 18.287, se revoca la sentencia apelada de treinta de marzo de dos mil veinte, en cuanto desestima lo solicitado a título de daño moral y se declara que la demandada Prosegur Activa Chile Servi
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además con lo establecido en los artículo 32 de la Ley 18.287, se revoca la sentencia apelada de treinta de marzo de dos mil veinte, en cuanto desestima lo solicitado a título de daño moral y se declara que la demandada Prosegur Activa Chile Servicios Limitada., deberá pagar a título de daño moral la suma de quinientos mil pesos ($500.000), con los intereses reseñados en el fundamento cuatro que precede. Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° 1334-2020.Policia Local. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Carolina Vásquez Acevedo, Patricio Martínez Benavides y Claudia Lazen Manzur.
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, la abogada doña Laura Peterson Méndez y la abogada doña Paula Kahler Foradori por y contra el recurso. Santiago, 25 de noviembre de 2022. Alejandra Soto Nilo, relatora. Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. A los escritos folios N°s 13, 14, 15 y 16: A todo, téngase presente y a sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia en
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