SIN INFORMACION

CODELCO CHILE/VIGÉSIMO CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

25 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha dos de agosto de dos mil veintidós, don Nicolás Ramírez Poblete, abogado, actuando en representación del demandado Corporación Nacional del Cobre de Chile, CODELCO-CHILE, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 28 de julio del año 2022, dictada por la magistrada Cecilia Pasten Pérez del 24° Juzgado Civil de Santiago, en causa sobre declaración de prescripción, Rol C-9626-2021, caratulado “Hidalgo con CODELCO CHILE”, que no dio lugar al recurso de apelación subsidiariamente interpuesto a recurso de reposición en contra de la resolución dictada el 15 de julio del año en curso que acogió a tramitación un recurso de apelación interpuesto por su parte en el solo efecto devolutivo. Agrega que dicha apelación guarda relación con la determinación del tribunal de tener por no presentado escrito de cumple lo ordenado en cuanto a tener por rectificar la demanda reconvencional conforme a lo prescrito al acoger una excepción dilatoria de ineptitud del libelo, teniendo por no presentada la demanda. A su vez, señala que la resolución de 15 de julio de 2022 fue impugnada por su parte, porque el recurso de apelación necesariamente debía concederse en ambos efectos, en virtud del artículo 316 del Código de Procedimiento Civil. De lo contrario no resulta posible mantener la substanciación conjunta de la demanda principal y de la demanda reconvencional. Por último, respecto de la naturaleza jurídica de la resolución de 15 de julio de 2022 y que concedió la apelación interpuesta por su parte en el solo efecto devolutivo, alega que se trata de un auto o decreto que resulta apto para hacer avanzar el proceso, por lo que es apelable; y el tribunal, al denegar la apelación subsidiariamente interpuesta en su contra contraviene lo dispuesto en el artículo 316, ya citado. En consecuencia, solicita que enmiende lo obrado por el juez de la instancia, declarando admisible el recurso de apelación interpuesto, dándole la tramitac

Fallo

Por estas consideraciones, y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 181, 187 y 188, y 201 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción de la ministra Graciela Gómez. N°Civil-11242-2022. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Graciela Gómez Quitral, e integrada, además, por la ministra señora Carolina Brengi Zunino y por el abogado integrante señor Claudio Gonzalo García Lamas. En Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha dos de agosto de dos mil veintidós, don Nicolás Ramírez Poblete, abogado, actuando en representación del demandado Corporación Nacional del Cobre de Chile, CODELCO-CHILE, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 28 de julio del año 2022, dictada por la magistr

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica