JN PIERRE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 19 de octubre del año en curso, comparece el abogado Claudio Quiroga Hinojosa, para interponer acción constitucional de protección en favor de Ginel Jn Pierre, haitiano, domiciliado en calle Clotario Blest N°4786, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, domiciliado en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba el ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de su solicitud de residencia definitiva. Indica que han transcurrido varios meses desde que amplió su petición de residencia definitiva el 3 de julio de 2022, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, manteniéndolo en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta, constituye una ilegalidad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida otorgando a la brevedad el acto administrativo terminal referente a la residencia solicitada, cesando las vulneraciones de garantías anotadas. Segundo: Que evacuan el informe respectivo, los abogados Antonio Henríquez Beltrán y Valentina Gómez Baltán del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Exponen que el recurrente solicitó el 14 de abril de 2021 la residencia definitiva, y afirman que éste se encuentra actualmente en la etapa de “evaluación intermedia” de acuerdo a Resolución Exenta N°21291057 de 5 de diciembre de 2021, y de co
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Ginel Jn Pierre, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 23.239 – 2022 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 19 de octubre del año en curso, comparece el abogado Claudio Quiroga Hinojosa, para interponer acción constitucional de protección en favor de Ginel Jn Pierre, haitiano, domiciliado en calle Clotario Blest N°4786, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, rep
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