JAMBON/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Javier Cancino Valenzuela, abogado, quien, en favor de Stanley Olivier Jambon, haitiano, domiciliado para estos efectos en Guafo N° 1948, San Bernardo, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio N° 580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su petición de permanencia definitiva solicitada el 19 de mayo de 2021; lo que califica como ilegal, arbitrario y lesivo del derecho consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, se acoja su acción y se ordene a la recurrida pronunciarse inmediatamente respecto la solicitud de permanencia definitiva de la parte recurrente; otorgándola, proveyéndole de todos los certificados y estampados que correspondan hasta que obtenga efectivamente su cédula de identidad y disponiendo toda otra medida que se estime pertinente para reestablecer el imperio del Derecho, ello con expresa condenatoria en costas. Segundo: Que informaron Antonio Henríquez Beltrán y Stephanie Pinto González, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, ex Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes al no existir un acto u omisión de su parte que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de la garantía constitucional señalada. Indican que, efectivamente, el 19 de mayo de 2021, el recurrente solicitó su permanencia definitiva y que, mediante la Resolución Exenta N° 22139632, de 11 de marzo de 2022 se aprobó su avance a la etapa de “evaluación intermedia”, lo que incluye a) análisis docume
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Stanley Olivier Jambon en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre las solicitudes planteadas, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°22.010 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Javier Cancino Valenzuela, abogado, quien, en favor de Stanley Olivier Jambon, haitiano, domiciliado para estos efectos en Guafo N° 1948, San Bernardo, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Púb
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