SIN INFORMACION

LOUIS-JEAN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

25 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Diego Ignacio Toledo González, abogado, quien en favor de Jameson Louis-Jean, haitiano, domiciliado en Pasaje el Ébano 1148, Población San Ricardo, comuna de La Pintana presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio N° 580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su petición de permanencia definitiva solicitada el 4 de diciembre de 2020; lo que califica como ilegal, arbitrario y lesivo del derecho consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene a la autoridad recurrida dar rápido trámite a la petición de permanencia definitiva, emitiendo el pronunciamiento que en derecho corresponda con relación a ella, dentro del plazo prudente, todo con expresa condena en costas Segundo: Que informaron Nicolás Alonso Cornejo Montenegro y Francisco Javier Alarcón Calderón, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, ex Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes al no existir un acto u omisión de su parte que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de la garantía constitucional señalada. Indican que, efectivamente, el 4 de diciembre de 2020, el recurrente solicitó su permanencia definitiva y que, mediante la Resolución Exenta N° 21442336, de 11 de diciembre de 2021 se aprobó su avance a la etapa de “evaluación intermedia”, lo que incluye a) análisis documental que implica validación de forma, vigencia y legalización -si fuese necesario-, además de la petición de información a instituciones externas

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Jameson Louis-Jean en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre las solicitudes planteadas, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°21.411-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó contra el recurso el abogado señor Luis Salvo. San Miguel, 25 de noviembre de 2022. Mauricio Vergara Toro, Relator. (Hora de inicio 10:14 am. - hora de término 10:20 am). San Miguel, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. Proveyendo escrito folio 7: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Diego Ignac

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