ARCE CANCINO LUIS/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Ana María Villaseñor Sepúlveda, abogada, en favor de Luis Isaac Arce Cancino, privado de libertad en el Centro Penitenciario Santiago Sur, quien interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la que, a través de resolución de octubre del presente año, rechazó conceder el beneficio de la libertad condicional al amparado. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo las condenas de 3 años y 1 día como autor del delito de porte de armas, 541 días como autor del delito tráfico ilícito de estupefacientes y 541 días como cómplice del delito de robo con intimidación. Sostiene que ha reunido los requisitos exigidos por el D.L. 321 para que se le conceda la libertad condicional; sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional recurrida rechazó la postulación del amparado, pese a que en los antecedentes aparece con claridad que el sentenciado se encuentra corregido y rehabilitado para la vida social, y ha demostrado avances en su proceso de reinserción social. Solicita se acoja el recurso, decretando la libertad condicional del amparado. Segundo: Que evacuando su informe doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, expuso que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio, citando la resolución impugnada que señala: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante posee un nivel de reincidencia medio, con actuales necesidades de intervención en el ámbito de la capacidad de establecer relaciones interpersonales prosociales, dado cierto nivel de permeabilidad ante la influencia negativa externa. No se observa una reflexión crítica respecto a la gravedad de sus acciones o a las consecuencias que para terceros pudo haber tenido su actuar, lo que resulta en una conciencia del delito insuficiente y una conciencia de daño parcial. Se aprecia motivación para realizar ciertas actividades prosociales, aunqu
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Luis Isaac Arce Cancino en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4162-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra señora Paola Danai Hasbun Mancilla, el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuede. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Ana María Villaseñor Sepúlveda, abogada, en favor de Luis Isaac Arce Cancino, privado de libertad en el Centro Penitenciario Santiago Sur, quien interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la que, a través de resolución de octubre del presen
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica