AGROINDUSTRIAL Y COMERCIAL VALLE ARRIBA S.A./VARGAS - (ACUMULADO INGRESO CORTE N°5979-2021, 5980-2021 Y 7543-2021) - (LTE)
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
DE FALLO (DEL ACUERDO)
Hechos
Vistos: Compartiendo esta Corte los argumentos señalados por el juez a quo, se confirman las resoluciones apeladas, de treinta de mayo de dos mil veintiuno, que rechazó la excepción dilatoria de ineptitud del libelo respecto de la demanda reconvencional, con costas; de fecha dieciséis de junio de dos mil veintiuno, que rechazó la solicitud del demandante principal de medida precautoria sobre bienes del demandado principal –Carlos Luis Vargas Gutiérrez-; y, la de veintiuno de julio de dos mil veintiuno, en la parte que rechazó la acumulación de autos, respectivamente, todas dictadas por el Séptimo Juzgado Civil de Santiago. II.- Respecto al Ingreso Corte N° 5980-2021: Vistos y, teniendo, únicamente presente: 1°.- Que, en la vista de esta causa, (4 ingresos acumulados), el abogado de la parte demandante principal, único que compareció a estrados, señaló que el Ingreso N° 5980-2021 es una duplicidad del N° 5979-2021, por cuanto ambos corresponden a la apelación de la misma resolución, que rechazó su solicitud de medidas precautorias, y que ambas fueron concedidas por el tribunal de base. 2°.- En efecto, de la revisión del sistema informático, respecto a la tramitación en primera instancia, se constató que: a.- A folio 44 del cuaderno principal, con fecha 16 de junio de 2021, se resolvió presentación del demandante principal en la que solicitaba la concesión de una medida precautoria, la que no dio lugar a ella. b.- La demandante, por escrito de folio 3, del cuaderno de medida precautoria, deduce en lo principal, reposición con apelación en subsidio y en el otrosí, apela de la misma resolución. c.- El tribunal, a folio 4, resuelve lo principal del escrito señalado presentemente, rechazando la reposición y concede la apelación subsidiaria. d.- Luego, a folio 5, resuelve (por separado) el otrosí de la misma presentación, y concede la apelación (directa) de la misma resolución, es decir, la que consta a folio 44 del cuaderno principal, de 16 de junio de 2021. e.- Así
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. I.- Respecto a los Ingresos Corte N° 3568-21; 5979-21; y, 7543-21: Vistos: Compartiendo esta Corte los argumentos señalados por el juez a quo, se confirman las resoluciones apeladas, de treinta de mayo de dos mil veintiuno, que rechazó la excepción dilatoria de ineptitud del libelo respecto de la demanda reconvencional, con costas; de fecha
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