M.P C/ MANUEL JESUS PADILLA CORREA
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que en el actual estado procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, constatando que no han variado las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva del imputado, en relación con el delito por el cual se ha formalizado la investigación y su participación en el mismo. Además, en cuanto a la letra c) del mismo artículo, esta Corte estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, en atención a la naturaleza y gravedad de la pena asignada al ilícito materia de la formalización, circunstancias de su comisión y los bienes jurídicos protegidos. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia diecisiete de noviembre del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Manuel Jesús Padilla Correa. Devuélvase. N°3253-2022 Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. Segunda Sala Zoom Rol: 3253-2022-PENAL RUC: 2200809037-1 RIT: 6085-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto. Ministro de fe: Cristian Calderón. Digitadora: Karolyn Aranda G. Defensor: Cesar Contreras Ministerio P: Darío Sanhueza de la Cruz. Hora de inicio: 09:19 horas Hora de término: 09:34 horas Imputado: M.P C/ Manuel Jesús
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica