MINISTERIO PUBLICO C/ JOSE HERIBERTO ESPINOZA LUENGO
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: 1°.- Que la defensa del imputado José Heriberto Espinoza Luengo, ha apelado de la resolución dictada en audiencia de diecinueve de noviembre pasado que impuso a su representado la medida cautelar de prisión preventiva, solicitando se revoque esta y se imponga alguna medida de aquellas contenidas en el artículo 155 del Código Procesal Penal. Funda sus alegaciones en que no concurre respecto a Espinoza Luengo el requisito establecido en la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, toda vez que el reconocimiento que han efectuado la víctima y testigo, dan cuenta de vestimentas diversas de las que lleva en audiencia, agrega que la descripción del imputado formulada por la víctima es posterior a la detención, que una vez detenido su representado fue fotografiado por los funcionarios aprehensores, sin orden del Fiscal, lo que constituye una diligencia de investigación autónoma que además vulnera derechos fundamentales del encartado. 2°.- Que, la fiscalía solicita la confirmación de la resolución apelada, señalando que del mérito del relato contenido en el parte policial, es el propio imputado en su huida quien se desprende del polerón rojo con que fuera visto por los testigos. Añade además que Espinoza Luengo es sindicado por la víctima como quien vistiendo un polerón rojo se retira del lugar de comisión del ilícito, conduciendo el vehículo robado a la víctima. El mismo sujeto con polerón rojo es descrito por el único testigo como quien conduce el vehículo sustraído a la víctima y lo abandona en las inmediaciones de la línea del tren, momento en que es sorprendido por funcionarios de carabineros quienes lo persiguen hasta detenerlo. 3°.-Que, los antecedentes aportados por el Ministerio Publico en esta audiencia, consistentes principalmente en las declaraciones de víctima, testigo y funcionarios aprehensores, permiten configurar un relato que ubica espacialmente al mismo sujeto que intimida y participa en la sustracción de la especie, conduciendo y aba
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de diecinueve de noviembre en curso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de José Heriberto Espinoza Luengo. Téngase por notificados a los intervinientes presentes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-495-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillan Mgab/Rps Chillán, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. Visto: 1°.- Que la defensa del imputado José Heriberto Espinoza Luengo, ha apelado de la resolución dictada en audiencia de diecinueve de noviembre pasado que impuso a su representado la medida cautelar de prisión preventiva, solicitando se revoque esta y se imponga alguna medida de aquellas contenidas en el artículo
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