SIN INFORMACION

JUAN LUIS SANCHEZ MACAYA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

25 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Denisse Morales Baretta, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, quién interpone acción constitucional de amparo en favor de Juan Luis Sánchez Macaya, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que, en sesión realizada en octubre del año en curso, rechazó su postulación al beneficio de libertad condicional. Indica que su representado, se encuentra cumpliendo una pena 5 años y 1 un día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de robo en lugar habitado; y una condena de 5 años y 1 un día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de robo con intimidación, causa última, en la que presenta un saldo de condena de 588 días por revocación de libertad condicional. Señala que registra como fecha de inicio de condena el 14 de febrero de 2017, como fecha de término el 26 de septiembre de 2023, y que se ha verificado el tiempo mínimo de cumplimiento el 14 de julio de 2021. Agrega que su conducta ha sido calificada como “muy buena” durante los últimos 4 bimestres y que cuenta con un informe psicosocial que permite orientar sobre los factores de riesgo y reincidencia. Sostiene que su representado cumple a cabalidad con todos los requisitos exigidos para optar al beneficio de libertad condicional, que cuenta con red familiar de apoyo, ha hecho uso satisfactorio del beneficio de salida dominical, su proceso de intervención ha mostrado avances significativos, y que manifiesta un rechazo explícito a comisión delictual. Respecto a sus expectativa para una vida el libertad, refieren que retornará al hogar de sus padres y contar con una promesa de trabajo para desempeñarse en el área de la construcción. Pide que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, decretando que se le concede dicha libertad a su representado. Segundo: Que informa al tenor del recurso doña Celia Catalán Romero, Ministra Presidenta de la Comisión de Lib

Fallo

por lo expuesto, el acto no es ilegal toda vez que la resolución que se pronunció sobre la solicitud de libertad condicional del recurrente fue dictada por autoridad competente, en el ejercicio de las funciones encomendadas por la ley y con el suficiente mérito para ello, encontrándose debidamente fundamentada, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Juan Luis Sánchez Macaya en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Acordada con el voto en contra del ministro señor Contreras, quien estuvo por acoger el referido recurso, teniendo en consideración la circunstancia de que el condenado se encuentra actualmente con beneficios intrapenitenciarios, que ha cumplido satisfactoriamente, lo que revela el cumplimiento de los requisitos necesarios para obtener su libertad condicional, afectándole en la garantía que es invocada. Comuníquese, regístrese y archívense en su oportunidad. N° 792-2022 Amparo

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó en la Primera Sala, por el recurso de amparo la abogada Denisse Morales. En San Miguel, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. Sebastián Vergara de la Rivera, relator. San Miguel, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós Al folio 10: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Denisse Morales Baretta, abogada, Defensora Penal

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