C/ FREDDY ANDRES MARTINEZ SOLIS. DTE. M.P.
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
AMENAZAS DE ATENTADOS CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES. ART. 296 A 298.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo estos sentenciadores los argumentos del señor juez a quo y entendiendo que, por ahora, las alegaciones esgrimidas por la defensa resultan insuficientes para modificar la medida cautelar de marras, por lo que no existe una variación sustancial de las circunstancias que se tuvieron a la vista al momento de disponer la medida cautelar cuya revocación o modificación se solicita, manteniéndose
Fallo
por tanto la necesidad de cautela que tuvo en vista el tribunal al momento de decretar la misma y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva decretada respecto de Freddy Andres Martinez Solís. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Javier Cancino Lagos. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1512-2022 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. Siendo las 10:38 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro Titular señor Iván Corona Albornoz, e integrada por la Ministra Interina señora Ingrid Castillo Fuenzalida y el abogado integrante señor Fernando Roco Pinto, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por
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