SIN INFORMACION

LUIS FERNANDO ALVAREZ ASTORGA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2° SEMESTRE 2022)

Rol

Fecha

24 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Carla de Borguie Vejar, abogada, defensora pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Luis Fernando Álvarez Astorga, cédula nacional de identidad N°15.571.666-5, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario de La Serena, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°444-2022, de fecha 05 de octubre de 2022, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que el amparado cumple actualmente pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio por el delito de homicidio simple. Señala que el actor reúne los requisitos exigidos por el Decreto Ley N°321 en cuanto al tiempo mínimo de cumplimiento de condena y registrar conducta ‘muy buena’ en los últimos cuatro bimestres. Indica que la comisión rechazó su postulación esgrimiendo que “analizados y ponderados por esta Comisión los antecedentes que constan en la carpeta de dicho postulante, se estima que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que: - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un riesgo de reincidencia Alto. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos.”. Arguye que no puede ser soslayado que el amparado presenta avances en su proceso de reinserción social de los cuales da cuenta el informe social elaborado por la asistente social Wally Portflitt Toro, que refiere, en síntesis, que el amparado presenta participación y adherencia en actividades propias de la unidad penal; cuenta con redes de apoyo que favorecerán su proceso de reinserción en el medio libre; presenta conciencia del delito y mal causado; y manifiesta su intención por alejarse de la comisión de delitos. Afirma que la Comisión incurre en ilegalidad y arbitrariedad al basar su decisión en un informe psicosocial de Gendarmería de Chile que no cumpliría con los requisitos exigidos en el artículo 2 N°3 del Decreto Ley 321, y por adolecer, en general, de deficiencias metodológicas que detalla en su recurso. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y, en definitiva, dejar sin efecto la resolución recurrida, otorgando la libertad condicional al amparado. Acompaña a su recurso 1. Copia de la resolución N°444-2022, pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional. 2. Formulario Consolidado de postulación al proceso de Libertad Condicional. 3.Informe de

Texto Completo (Preview)

Alvarez Astorga, Luis Fernando Comisión de Libertad Condicional II semestre 2022 Recurso de Amparo Rol N°460-2022.- La Serena, veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Carla de Borguie Vejar, abogada, defensora pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Luis Fernando Álvarez Astorga, cédula nacio

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