SIN INFORMACION

RICARDO MARCELO ARAYA ARAYA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2° SEMESTRE 2022)

Rol

Fecha

24 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Carla de Borguie Vejar, abogada, defensora pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Ricardo Marcelo Araya Araya, cédula nacional de identidad Nº23.951.602-5, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario de La Serena, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°458-2022, de fecha 05 de octubre de 2022, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que el amparado cumple actualmente penas de 3 años y un día de presidio menor en su grado medio por el delito de robo con violencia; y de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio por el delito de robo con intimidación. Señala que el actor reúne los requisitos exigidos por el Decreto Ley N°321 en cuanto al tiempo mínimo de cumplimiento de condena y registrar conducta ‘muy buena’ en los últimos cuatro bimestres. Indica que la comisión rechazó su postulación esgrimiendo que “analizados y ponderados por esta Comisión los antecedentes que constan en la carpeta de dicho postulante, así como los enviados por la Defensoría Penal Pública del solicitante, se estima que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que: -El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un alto riesgo de reincidencia. -El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Por las anteriores consideraciones, compartiendo esta Comisión lo señalado en el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, que señala que el interno Ricardo Marcelo Araya Araya, debe ser intervenido con el fin de contribuir a la regulación de conductas, favoreciendo la disminución de los factores generales y específicos, atendido a que no presenta conciencia del delito ni del mal causado y no se observa un rechazo explícito a su conducta delictiva, agregado a que no se visualizan propósitos y metas realistas para generar un cambio favorable en su vida, informe que por su coherencia, consistencia e imparcialidad se prefiere por sobre aquel presentado por la Defensa, y lo establecido en el D.L. Nº 321, de 1925 y sus modificaciones posteriores, y Ley N°21.124 de 18 de enero de 2019, también modificatoria de dicho Decreto Ley,

Fallo

SE RESUELVE: 1. Que, se DENIEGA , el beneficio de Libertad Condicional al interno Ricardo Marcelo Araya Araya, Cédula de identidad N°23.951.602-5.”. Arguye que no puede ser soslayado que el amparado presenta avances en su proceso de reinserción social de los cuales da cuenta el informe social elaborado por la asistente social Ornella Spielman Guerrero, que refiere, en síntesis, que el amparado presenta participación y adherencia en actividades propias de la unidad penal; cuenta con redes de apoyo que favorecerán su proceso de reinserción en el medio libre; reconoce plenamente la autoría en su delito, manifestando encontrarse arrepentido y consciente por el daño generado a sus víctimas; y rechaza completamente la comisión de nuevos delitos. Afirma que la Comisión incurre en ilegalidad y arbitrariedad al basar su decisión en un informe psicosocial de Gendarmería de Chile que no cumpliría con los requisitos exigidos en el artículo 2 N°3 del Decreto Ley 321, y por adolecer, en general, de deficiencias metodológicas que detalla en su recurso. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y, en definitiva, dejar sin efecto la resolución recurrida, otorgando la libertad condicional al amparado. Acompaña a su recurso 1. Copia de la resolución N°458-2022, pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional. 2. Formulario Consolidado de postulación al proceso de Libertad Condicional. 3.Informe de postulación psicosocial de Libertad Condicional. 4. Informe laboral par

Texto Completo (Preview)

Araya Araya, Ricardo Marcelo Comisión de Libertad Condicional II semestre 2022 Recurso de Amparo Rol N° 458-2022.- La Serena, veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Carla de Borguie Vejar, abogada, defensora pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Ricardo Marcelo Araya Araya, cédula nacional

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