COMERCIALIZADORA NOVAVERDE S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO PETORCA-LA LIGUA
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2022
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: En estos autos sobre juicio monitorio seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de La Ligua, por sentencia de dieciséis de agosto de dos mil veintidós, se rechazó la acción de reclamación judicial de resolución administrativa interpuesta por Comercializadora Novaverde S.A., en contra de la Inspección Provincial Petorca - La Ligua, manteniéndose la Resolución Nº 104 de 7 de julio de 2022, por la que se acogió parcialmente la reconsideración administrativa presentada por la sociedad reclamante, en contra de la Resolución de Multa Nº 1269/22/1 de 23 de marzo de 2022, condenándose a ésta última al pago de la costas fijadas en la suma equivalente a veinte Unidades de Fomento. En contra de dicho fallo el abogado don Crístobal Agustín Muñoz González, en representación de la reclamante, interpuso recurso de nulidad fundando, con el cáracter de principal, en el motivo establecido en el artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 511 y lo previsto en la Ley Nº 19.880 y, de modo subsidiario, en las causales del artículo 478 letras c) y e) del Código citado. Pide el recurrente, en todos los casos, que se anule la sentencia y se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo que, ajustada a derecho, acoja el reclamo judicial de multa y disponga la rebaja de ésta en, a lo menos, el 50%, con costas. Con lo oído y, además,
Fundamentos
considerando: Primero: Que, fundándose la causal principal, el recurrente expresa que la sentencia ha sido dictada con infracción ley, específicamente, vulnerándose el artículo 511 del Código del Trabajo, la Ley Nº 19.880 y la Constitución Políticas del Estado, con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, como consecuencia de haber rechazado el
Fallo
fallo el abogado don Crístobal Agustín Muñoz González, en representación de la reclamante, interpuso recurso de nulidad fundando, con el cáracter de principal, en el motivo establecido en el artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 511 y lo previsto en la Ley Nº 19.880 y, de modo subsidiario, en las causales del artículo 478 letras c) y e) del Código citado. Pide el recurrente, en todos los casos, que se anule la sentencia y se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo que, ajustada a derecho, acoja el reclamo judicial de multa y disponga la rebaja de ésta en, a lo menos, el 50%, con costas. Con lo oído y, además, considerando: Primero: Que, fundándose la causal principal, el recurrente expresa que la sentencia ha sido dictada con infracción ley, específicamente, vulnerándose el artículo 511 del Código del Trabajo, la Ley Nº 19.880 y la Constitución Políticas del Estado, con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, como consecuencia de haber rechazado el fallo el reclamo judicial deducido en contra de la Resolución Nº 104 de 7 de junio de 2022 emitida por la Inspección Provincial Petorca - La Ligua. Arguye el recurso que, en la especie, se infringe el artículo 511 del Código señalado, por cuanto el sentenciador efectúa una distinción indebida al establecer que el criterio que diferencia la rebaja de multa que autoriza el numeral 2º, respecto de aquella rebaja prevista en el inciso final de dicho precepto, radica en el hecho de si la con
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Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós VISTOS: En estos autos sobre juicio monitorio seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de La Ligua, por sentencia de dieciséis de agosto de dos mil veintidós, se rechazó la acción de reclamación judicial de resolución administrativa interpuesta por Comercializadora Novaverde S.A., en contra de la Inspección Provin
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