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Rol
Fecha
24 de noviembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción en el
Fundamentos
considerando tercero con el acápite que parte con “si bien el Banco….” y que finaliza con la frase “hasta la deuda de autos”. Y teniendo, además, presente, lo dispuesto en los artículos 186 y 195 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de treinta de septiembre de dos mil diecinueve, dictada por el Duodécimo Juzgado Civil de Santiago. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Barrientos, quien fue de parecer de rechazar todas las excepciones opuestas a la ejecución, acoger la demanda ejecutiva y continuar adelante la ejecución, en consideración que, declaradas admisibles las excepciones y recibida la causa a prueba, es insuficiente para acreditar el pago parcial de la deuda el comprobante acompañado por el ejecutado, el que provendría de la ejecutante, por cuanto de su examen no guarda coincidencia con el pagaré que se cobra ejecutivamente, lo que impide concluir indubitadamente que el pago que da cuenta el documento se refiera a éste. Regístrese y devuélvase. N°Civil-3518-2020. En Santiago, a veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción en el considerando tercero con el acápite que parte con “si bien el Banco….” y que finaliza con la frase “hasta la deuda de autos”. Y teniendo, además, presente, lo dispuesto en los artículos 186 y 195 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia ap
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