JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL SANTIAGO

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Rol

Fecha

24 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del argumento esgrimido por la sentenciadora en el

Fundamentos

considerando quinto de la sentencia en alzada, según el cual, le resta valor probatorio al instrumento consistente en la copia de la inscripción a fojas 65636 N° 102254, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2008, ya que contaba “con vigencia al día 20 de septiembre del año 2017, es decir, con anterioridad al embargo.” Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°.- Que esta Corte comparte los argumentos de la jueza a quo en razón de los cuales, de la prueba rendida no se colige que el domicilio ubicado en Américo Vespucio N°2.301, comuna de Pudahuel, se encuentre comprendido dentro del sitio del cual es dueño la tercerista. Del mismo modo, la documentación rendida en el proceso, por sí sola, resulta insuficiente para tener por establecidos los elementos de la posesión, por lo que la decisión de rechazar la tercería de posesión entablada, se encuentra ajustada a derecho; 2º.- Que las argumentaciones contenidas en la apelación no logran desvirtuar lo que ha sido apreciado y resuelto por el tribunal a quo. Y, en atención, además, a lo dispuesto en los artículos 470 y siguientes del Código del Trabajo, se confirma la resolución apelada de fecha veinticinco de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, en la causa RIT C-5066-2017. Regístrese y comuníquese. N°Laboral - Cobranza-2782-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós. Al folio 8, téngase presente. Al folio 10, atendido el estado procesal de la causa, no ha lugar. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del argumento esgrimido por la sentenciadora en el considerando quinto de la sentencia en alzada, según el cual, le resta valor probatorio al instrumento consist

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