SIN INFORMACION

FUENTES GONZALEZ CARLOS/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

24 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que mediante formulario se recurre de amparo en favor de Carlos Esteban Fuentes Gonzalez, privado de libertad en el CDP Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional. Segundo: Que informando doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de veinticuatro de octubre del año en curso, se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener conducta intachable y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. Sostiene que la resolución de rechazo expresó “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de mediano compromiso delictual, que arroja riesgo de reincidencia nivel medio y necesidades de intervención en diversas áreas, que mantiene seis condenas previas por diversos delitos, cumpliendo actualmente tres años de presidio por el delito de tráficio ilícto de estupefacientes, en pequeñas cantidades. Presenta escasos e inestables antecedentes laborales, que da cuenta de escasa internalización de hábitos y recursos en esta área, requiriendo potenciar el desempeño educativo y laboral. Finalmente señalar que se encuentra en estado motivacional de contemplación. Los aspectos antes mencionados impiden por ahora tener por probados avances completos en su proceso de reinserción social, como exige el Decreto Ley N° 321, que justifiquen concederle el beneficio al que postula.”. Concluye señalando que la Comisión rechazó el beneficio sobre la base de los antecedentes aparejados por Gendarmería, los que no permiten hacer uso de la facultad para otorgar el beneficio de la libertad. Tercero: Que la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en “Formulario Consolidado de Postulación al Proceso de Libertad Condicional” e “Informe de Postulación Psicosocial de Libertad Condicional”, de los que se extrae que el interno tiene 30 años de edad, se encuentra calificado con un mediano compromiso delictual, cumple la pena de 3 años por el delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, iniciando el cumplimiento de ésta el 17 de enero de 2020, la que cumpliría el 17 de enero de 2023. No registra beneficios intrapenitenciarios. Cuarto: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracc

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Carlos Esteban Fuentes Gonzalez, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese N°Amparo-4145-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós. Visto y considerando: Primero: Que mediante formulario se recurre de amparo en favor de Carlos Esteban Fuentes Gonzalez, privado de libertad en el CDP Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de liberta

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