DAP DUCASSE DISEÑO LTDA/AGENCIA ECISA CHILE COMPAÑÍA GENERAL DE CONSTRUCCIONES S.A. LTE
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2022
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que, al haber cedido la ejecutada con fecha 19 de enero de 2018 el crédito de que da cuenta la factura N° 403, por la suma de $ 119.360.788, esto es, con anterioridad al día 10 de abril del mismo año, fecha ésta en que fue trabado el embargo de autos, aparece evidente que, a esta fecha, aquel crédito -cuyo dominio reclama la tercerista- ya no se encontraba en el patrimonio de la ejecutada y, por ende, no pudo quedar comprendido por el embargo; circunstancia que, desde luego, coarta toda posibilidad de que la tercería de dominio pueda prosperar, toda vez que, según lo dicho, el bien sobre el que ella recae no ha sido embargado en autos. En razón de lo anterior y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veintiocho de junio de dos mil diecinueve, dictada por el 19º Juzgado Civil de Santiago en autos Rol C-36717-2017. Regístrese y comuníquese. N°Civil-22-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós. A los folios 17, 18 y 19: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo, además, presente: Que, al haber cedido la ejecutada con fecha 19 de enero de 2018 el crédito de que da cuenta la factura N° 403, por la suma de $ 119.360.788, esto es, con anterioridad al día 10 de abril del mismo año, fecha ésta en que fue trabado el
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