Jdo. Cob. Laboral y Previsional de San Miguel

DOMÍNGUEZ/SOCIEDAD COOPERATIVA DE HUERTOS FAMILIARES MAPUHUE LIMITADA

Rol

C-158-2021

Fecha

7 de julio de 2021

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: 1.- Que con fecha 18 de junio de 2021, el abogado de la ejecutada da cuenta a este Tribunal, que los actores de este juicio, son también parte en otro pleito por término de contrato de arrendamiento en el 1° Juzgado Civil de Santiago, Rit C-26.189-2019, señalando además que en dicha causa se solicitó la compensación, como modo de extinguir parte de la obligación que mantendría el ejecutante don LUIS ANTONIO DOMÍNGUEZ VERGARA con su representado SOCIEDAD COOPERATIVA DE HUERTOS FAMILIARES MAPUHUE LIMITADA, y que con fecha 15 de junio de 2021, dicho Tribunal habría aceptado rebajar de esa deuda, que asciende a $6.266.303, la acreencia equivalente a la liquidación del crédito de nuestro juicio por el monto de $ 2.858.628, resolución que se encuentra firme y ejecutoriada. Se hace presente además, que el modo de extinguir la obligación utilizado, es decir, la compensación solicitada en sede civil, no opera en sede laboral, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 del Código del Trabajo, por ello, solicita tenerla presente y se dé por pagada la deuda cuyo cobro se gestiona en este tribunal. 2.- Con el mérito de lo señalado en el número anterior, con fecha 22 de junio del presente, se da traslado a la parte ejecutada, el cual se tiene por evacuado en rebeldía. 3.- Que, del análisis de los antecedentes antes señalados y el estudio desde la plataforma del poder judicial de la causa tramitada en sede civil, y de conformidad a lo establecido en el artículo 470 del Código del Trabajo, se puede establecer que, en efecto, la compensación como modo de extinguir las obligaciones, no es aplicable a las causas de cumplimiento laboral que se tramitan en este Tribunal, sin perjuicio de lo anterior, y en mérito de lo establecido en el artículo 1656 y siguientes del Código Civil, el tribunal civil dio ha lugar a la compensación y rebajó de la acreencia de la deuda, el monto equivalente a la liquidación de fecha 27 de abril de 2021, subsistiendo el crédito por un sald

Fallo

se resuelve, tengase presente el pago aceptado como compensación en el juicio por término de arrendamiento, causa Rit C-26.189-2019, del 1° Juzgado Civil de Santiago y por reconocido como consignación en la presente causa, con fecha 15 de junio de 2021. Liquídese el crédito de autos, en su oportunidad. Notifíquese por correo electrónico a las partes. RIT: C-158-2021 RUC: 20-4-0265723-6 Código: HPCVVGMXCL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Miguel a siete de julio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: HPCVVGMXCL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2021-07-07T13:51:32-0400

Texto Completo (Preview)

krr San Miguel, siete de julio de dos mil veintiuno. Téngase por evacuado en rebeldía el traslado conferido con fecha 22 de junio de 2021. Proveyendo conjuntamente a la presentación de fecha 03 de julio y a lo principal de la presentación de fecha 18 de junio, ambos del presente año: estese a lo que se resolverá a continuación. Vistos: 1.- Que con fecha 18 de junio de 2021, el abogado de la eje

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