ESPINOZA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Que, se deduce recurso de protección en favor de José Manuel Parejo Márquez, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por no habilitar el Estampado Electrónico, para poder materializar el beneficio de residencia temporaria que le fue concedido con fecha 20 de octubre de 2021, no obstante haber pagado los derechos correspondientes. Estima conculcadas las garantías fundamentales establecidas en el artículo 19 en sus números 2, 16 y 24, solicita se emita el certificado de estampado electrónico correspondiente. Que, evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del presente arbitrio, por haber perdido oportunidad, toda vez que se encuentra disponible para ser descargado el Estampado Electrónico del recurrente, por lo que no existe acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías reconocidas en el artículo 19 de la Constitución Política de la República, y protegidas por la presente acción. Que, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, basta para rechazar el recurso el considerar que su sustento fáctico no es efectivo, toda vez que la autoridad informó que el estampado electrónico para hacer efectiva la visa temporaria concedida al actor, se encuentra disponible para ser descargada en la página web indicada. Segundo: Que, conforme con lo señalado precedentemente, habiéndose acreditado que la autoridad recurrida cesó en la omisión que motivó la interposición del presente arbitrio, no se advierte acto arbitrario e ilegal que vulnere las garantías constitucionales que el actor estima conculcadas, motivo por el cual la acción planteada por el actor carece de oportunidad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción constitucional de protección deducida en favor de José Manuel Parejo Márquez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, y en oportunidad archívese. N°Protección-132742-2022.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: Que, se deduce recurso de protección en favor de José Manuel Parejo Márquez, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por no habilitar el Estampado Electrónico, para poder materializar el beneficio de residencia temporaria que le fue concedido con fecha 20 de octubre de 2021,
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