SIN INFORMACION

NIKOLAY CHRISTIAN KÜHN HERNÁNDEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: En folio 1, se deduce recurso de amparo por don Nikolay Christian Kühn Hernández, de nacionalidad venezolana, contra el Servicio Nacional de Migraciones que mediante Resolución Exenta N°21203374 de 02 de noviembre de 2021 rechazó la solicitud de regularización migratoria presentada por el recurrente, ordenando que haga abandono del país dentro del plazo de 30 días, desde su notificación, solicitando, que sea dejada sin efecto. Expone que ingresó a Chile por paso habilitado en febrero del año 2019. Indica que solicitó su regularización migratoria, lo que fue rechazado mediante la resolución individualizada puesto que no cumpliría con los requisitos establecidos en el artículo 8° transitorio de la Ley N°21.325 y con la Resolución Exenta N°1769-2021, al no haber acompañado un certificado de antecedentes penales del país de origen debidamente apostillado, lo que señala haber efectuado, como se aprecia del documento que acompaña. Indica que no se le dio la oportunidad de aclarar su situación. Agrega que lleva 4 años residiendo en nuestro país, que su hija está inscrita en el jardín infantil, cursando Kínder en la Escuela Naciones Unidas. Pide regularizar su situación migratoria. Acompaña los documentos que individualiza en su recurso. En folio 4, se informa por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso deducido, puesto que no se ha incurrido en algún acto ilegal o arbitrario. Se indica que mediante Resolución Exenta N° 21203374, de fecha 2 de noviembre de 2021 del Servicio Nacional de Migraciones, se rechazó la solicitud de regularización extraordinaria presentada y se decretó orden de abandono del país puesto que no se cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 8° transitorio de la ley N°21.235 y la Resolución Exenta N°1769 de fecha 20 de abril de 2021, de la Subsecretaría del Interior, específicamente no cumple con: “Certificado de antecedentes de país de origen debidamente legalizado o apostillado, ya que solo se acom

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge, sin costas el recurso de amparo deducido por don Nikolay Christian Kühn Hernández, contra el Servicio Nacional de Migraciones sólo en cuanto se dispone que el recurrido deberá reanudar el procedimiento y otorgar al amparado un plazo de 30 días hábiles para la incorporación del documento, y proseguir con la tramitación respectiva. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2367-2022.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, se deduce recurso de amparo por don Nikolay Christian Kühn Hernández, de nacionalidad venezolana, contra el Servicio Nacional de Migraciones que mediante Resolución Exenta N°21203374 de 02 de noviembre de 2021 rechazó la solicitud de regularización migratoria presentada por el recurrente, ordenando

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