SIN INFORMACION

MORA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

23 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Comparece Felipe Álvarez Hernández, abogado, defensor privado, con domicilio en Pasaje José Varela n.° 250, Valdivia, e interpone acción constitucional de amparo a favor de Eladio Javier Mora Sanchez, actualmente cumpliendo condena en el centro de cumplimiento penitenciario de Valdivia. Se ejerce la Acción Constitucional de Amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por denegar la postulación del condenado ya individualizado mediante resolución de octubre del presente año. Todo lo anterior, sin ajustarse a la normativa legal vigente, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal. De este modo, se solicita se acoja la acción constitucional, revocando la resolución señalada y ordenando conceder la Libertad Condicional Detalla que el amparado, se encuentra actualmente cumpliendo las siguientes penas: 1. Cuatro años y un día de presidio menor en su grado máximo, por ser autor el delito consumado de efectuar disparos, en forma injustificada, de armas de fuego en la vía pública; Cuatro años y un día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego, ambos ilícitos contemplados en los artículos 14 letra d) y 9 del Decreto 400 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 17.798, sobre control de armas en sentencia RIT 128-2018 del Tribunal Oral en lo penal de Valdivia. 2. Sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, por ser autor del delito consumado de receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en causa RIT 1240-2015 del Juzgado de Garantía de Valdivia. Señala antecedentes personales del condenado, que debieron ser ponderados para los efectos de otorgar el beneficio, en particular que es un interno de “mediano compromiso delictual”; que la fecha de inicio de cumplimiento de sus condenad se contabiliza desde el 20 de marzo de 2019, y tiene fecha de egreso para el día 12 de noviembre de 2015 (sic) En cumplimiento

Fundamentos

considerando especialmente su grado de peligrosidad y de reincidencia. Agrega el informe que, el amparado no se encuentra ilegalmente privado de libertad, como tampoco amenazada su seguridad personal con ocasión de la decisión de esta Comisión, sino que, por encontrarse cumpliendo condena impuesta por sentencia ejecutoriada emanada de un tribunal competente, por lo que, con ese solo fundamento, resultaría suficiente para desestimar el recurso de amparo en cuestión, por improcedente Se ordenó agregar la causa para su vista. CONSIDERANDO: Primero: La acción constitucional de amparo es un recurso de naturaleza excepcional, que encuentra su origen y fuente en la Constitución Política de la República y persigue, por su intermedio, la tutela y protección de parte de los tribunales superiores de justicia, en los casos en que por actos de particulares o de alguna autoridad, se vean ilegítimamente vulneradas las garantías de libertad y seguridad individuales. Segundo: Los argumentos de la parte recurrente guardan relación con la denegación del beneficio de libertad condicional, cuestionando principalmente el informe psicosocial que se consideró como antecedente de la resolución que niega el beneficio. Tercero: Del marco normativo que rige el beneficio de la Libertad Condicional, en particular el Decreto Ley 321 y su Reglamento, surge que la Comisión de Libertad Condicional tiene la obligación de tomar decisiones concediendo o rechazando el beneficio a la libertad condicional mediante una resolución fundada, en que se constate el cumplimiento de los requisitos objetivos establecidos en los números 1 y 2 del artículo 2 el aludido Decreto Ley 321 y, en lo que interesa al recurso, ponderando el informe de postulación psicosocial que orienta sobre los factores de riesgo de reincidencia y permite conocer las posibilidades del interno de reinsertarse adecuadamente en la sociedad, pues el beneficio se concede a quienes demuestran avances en su proceso de reinserción social. Cuarto: En la especie, la Comisión negó por unanimidad la libertad condicional al amparado, tomando en consideración básicamente el nivel medio de reincidencia que el amparado presenta según el informe de postulación de Gendarmería de Chile. Quinto: que, no obstante, el mismo informe da cuenta de una multiplicidad de áreas que fueron intervenidas exitosamente respecto del amparado, lo cual ha redundado en que actualmente goza de diversos beneficios intra penitenciarios y, más aún, con que fue trasladado al Centro de Estudio y Trabajo de Gendarmería de Chile en abril de 2021 Se suma a lo anterior que cuenta con arraigo familiar; que presenta un riesgo bajo en el orden laboral, habiendo destacado en diversos empleos y que, en general, ha cumplido con los objetivos propuestos en sus planes de intervención individual. Sexto: que, de esta guisa, el solo hecho de contar con un nivel de riesgo medio de reincidencia, justificado fundamentalmente en su historial delictivo previo, no da cuenta de

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE ACOGE el recurso de amparo deducido en favor del condenado don Eladio Javier Mora Sánchez y consecuentemente se le concede el beneficio de la libertad condicional. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Rodrigo Carvajal Schnettler, quien fue del parecer de rechazar el recurso de amparo, teniendo en vista los argumentos dados por la Comisión de Libertad Condicional en su resolución de 13 de octubre de 2022. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-272-2022. En Valdivia, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: Comparece Felipe Álvarez Hernández, abogado, defensor privado, con domicilio en Pasaje José Varela n.° 250, Valdivia, e interpone acción constitucional de amparo a favor de Eladio Javier Mora Sanchez, actualmente cumpliendo condena en el centro de cumplimiento penitenciario de Valdivia. Se ejerce la Acción Constituc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica