FARIAS FAJARDO ROLANDO ANTONIO/2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
23 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Camila Valenzuela Larraín, Defensora Penal Pública, interponiendo recurso de amparo en favor de Rolando Antonio Farías Fajardo, y en contra de la resolución pronunciada el 27 de octubre de 2022, dictada por la Magistrada Carolina Ivonne Reyes Candia del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, por medio de la cual, no dio lugar a la solicitud de suspensión del procedimiento en conformidad al artículo 458 del Código Procesal Penal. Señala que el 13 de mayo de 2022, ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, se verificó audiencia de control de la detención y formalización de la investigación en contra del amparado, siendo formalizado por los siguientes hechos: “Que, el día 12 de mayo de 2022, alrededor de las 5:15 horas, personal de carabineros de la 49 Comisaría de Quilicura concurrió hasta el inmueble ubicado en nuestra señora del Carmen 696 dpto. D 21 comuna de Quilicura, hasta donde fueron enviados por la central a raíz de un procedimiento por violencia intrafamiliar, y una vez en el lugar, escuchando gritos de un hombre y una mujer desde el departamento D-21, se entrevistan con doña Margarita Rosa Fajardo Montenegro, madre del imputado, verificando que al interior del inmueble se encontraba el imputado premunido de una pistola y una escopeta hechiza, el que al percatarse de la presencia de los funcionarios policiales y puesto que carabineros advierte el armamento que mantenía el imputado, rápidamente sacan del departamento a la señora Margarita Fajardo, momento en el que imputado premunido de una escopeta hechiza y apuntando a los funcionarios de carabineros, en ejercicio de sus funciones, Pablo Esteban Vásquez Zapata y Jesús Bladimir Valenzuela Díaz, efectuando dos disparos con el referido armamento sin lograr alcanzar a los funcionarios los que se cubren, y luego desenfundan el arma de servicio efectuando disparos hacia el interior alcanzando al imputado el que resulta lesionado en sus extremidades. Lográ
Fallo
Por estas razones, tras citar el estatuto normativo que considera aplicable a su acción, así como extractos de jurisprudencia, solicita acoger el amparo constitucional, dejando sin efecto la resolución impugnada y ordenando: 1) Que se suspenda el procedimiento en conformidad al artículo 458 del Código Procesal Penal hasta que no se le realice el informe psiquiátrico correspondiente; 2) Se ordene citar a audiencia para nombramiento de curador ad-litem; 3) Se deje sin efecto la prisión preventiva a la que está sometido el amparado. SEGUNDO: Que, junto a su libelo, la recurrente acompañó los siguientes instrumentos: 1) Peritaje psicológico de fecha 20 de agosto de 2022, emanado de don Andrés Oyarce Miranda, psicólogo; 2) Certificado de fecha 11 de julio de 2022, emanado por el Dr. Julio Romero Moreno, del COSAM Dr. Luis Paz Campos; 3) Formulario de constancia información al paciente GES, de fecha 13de mayo de 2022. TERCERO: Que, por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, evacuó informe la Jueza Claudia Pizarro Luco, quien, haciendo presente que la magistrada Carolina Reyes no se encuentra en funciones, señaló que con fecha 13 de mayo de 2022, el amparado pasó a control de detención, siendo formalizado en calidad de autor de dos delitos de homicidio frustrado en contra de personal de Carabineros; de un delito de porte ilegal de arma de fuego prohibida del art. 14 de la ley N°17.798 y de un delito tenencia ilegal de munición del art. 9 inciso segundo del mismo cuerpo legal, d
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós. Al folio 10: téngase presente. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Camila Valenzuela Larraín, Defensora Penal Pública, interponiendo recurso de amparo en favor de Rolando Antonio Farías Fajardo, y en contra de la resolución pronunciada el 27 de octubre de 2022, dictada por la Magistrada Carolina Ivonne Reyes Ca
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