MATUS/CLINICA REGIONAL LA PORTADA DE ANTOFAGASTA SPA
Rol
Fecha
23 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Jorge Fuentes Sierra, abogado, en representación de Karol Guzmán Hurtado y Fernando Matus Mora, con domicilio para estos efectos en calle Maipú 499, Oficina 303, Antofagasta, quien interpone acción constitucional de protección, en contra de protección en contra de la SOCIEDAD CLÍNICA REGIONAL LA PORTADA DE ANTOFAGASTA SPA, Rut 99.537.800-0, y en contra de ISAPRE CRUZ BLANZA S.A., Rut 96.501.450-0, por los actos arbitrarios e ilegales en que ambas incurren, cometidos al iniciar gestiones de cobranza por parte de la primera de manera injustificada en contra de los recurrente, y al no cumplir con su obligación de pagar el plan de salud respectivo por parte de la segunda, lo cual constituye privación, perturbación y amenaza al legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales que el artículo 19 de la Constitución Política de la República señala en su N° 24, vulnerando además, el contrato suscrito con la Isapre respectiva. Informaron las recurridas solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los recurrentes sustentan su acción, en las medidas arbitrarias e ilegales adoptadas por las recurridas, y materializadas mediante cartas enviadas a los recurrentes por parte de la Clínica Regional la Portada de Antofagasta sobre el inicio de cobranza por prestaciones médicas adeudadas, indicando que la aseguradora previsional de salud, Isapre Cruz Blanca S.A., no ha realizado el pago oportuno de las coberturas pactadas en el plan de salud de la recurrente Karol Guzmán Hurtado, respecto del programa médico que asciende a la cantidad de $4.365.796, generándose un incumplimiento contractual por parte de la Isapre Cruz Blanca relativo a la cuenta, viéndose “obligados” a gestionar el pago completo e íntegro de la cuenta directamente con los recurrentes, “invitándolos” a acercarse a la Clínica a realizar el pago de la cuenta de forma directa dentro de los 7 días siguientes contados desde la fecha de dichas cartas, esto es, 13 de septiembre de 2022, comenzando las acciones de ejecución en caso de no pago. Asimismo, como consecuencia de lo descrito, la Isapre Cruz Blanca no ha dado cumplimiento tampoco al plan de salud correspondiente, viéndose amenazada hoy en día en su patrimonio. Detallan que con fecha 9 de junio de 2021, doña Karol cursaba un embarazo de 25 semanas, debiendo ser hospitalizada en la Clínica recurrida por indicación de su médico ginecólogo, debido a un cuadro de preclamsia con síndrome de Hellp, debiendo ser trasladada de urgencia, el 13 de junio de 2021, al Hospital Regional de Antofagasta, donde se tuvo que realizar una cesárea de urgencia, naciendo su hija, la que fue ingresada a la UCI neonatológica de dicho hospital. Por su parte, doña Karol estuvo hospitalizada en la UCI del Hospital Regional hasta el 15 de junio de 2021, fecha en la que fue trasladada a la UCI de la Clínica Regional La Portada, donde estuvo ingresada hasta el 18 de junio, para luego ser trasladada internamente al área de maternidad de la Clínica, hasta el 21 de junio, donde finalmente es dada de alta. Precisa que el 15 de junio, al ingresar nuevamente a la Clínica, el recurrente Fernando Matus, cónyuge de doña Karol, debió firmar un pagaré para el ingreso de esta, del cual no recibió copia. Añaden que la hospitalización en la Clínica recurrida correspondiente del día 9 al 13 de junio de 2021, fue cubierta sin problemas por su Isapre Cruz Blanca. Sin embargo, la correspondiente a los días 15 al 21 de junio, no ha sido cubierta por dicha entidad previsional, la que ha estado hace más de un año devolviendo la cuenta médica de dicha hospitalización a la Clínica Regional La Portada por supuestas inconsistencias en los cobros, lo que se ha realizado alrededor de 5 veces durante el año transcurrido, no teniendo conocimiento los recurrente de cuáles son tales inconsistencias, ya que según la Isapre, se trata de temas “internos”. Por su parte, la clínica ha indicado que envía de forma correcta el programa médico, y que es la Isapre la que h
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE, sin costas, el recurso interpuesto por Jorge Fuentes Sierra, en representación de Karol Guzmán Hurtado y Fernando Matus Mora, en contra de la SOCIEDAD CLÍNICA REGIONAL LA PORTADA DE ANTOFAGASTA SPA, y de ISAPRE CRUZ BLANZA S.A., quienes deberán coordinarse, a fin de que la liquidación definitiva de la cuenta esté disponible para su pago, en el plazo perentorio de 30 días corridos. Regístrese y comuníquese. ROL 23.298-2022(PROTECCIÓN)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós VISTOS: La comparecencia de Jorge Fuentes Sierra, abogado, en representación de Karol Guzmán Hurtado y Fernando Matus Mora, con domicilio para estos efectos en calle Maipú 499, Oficina 303, Antofagasta, quien interpone acción constitucional de protección, en contra de protección en contra de la SOCIEDAD CLÍNICA REGIONAL LA PORTADA DE ANTOFA
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