SIN INFORMACION

CONTRERAS/SUBSECRETARIA DE PREVENCION DEL DELITO

Rol

Fecha

23 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparecen don Matías Daniel Serey Guerra y don Jaime Nicolás Jaramillo Chahuán, abogados, quienes interponen recurso de protección en favor de doña CAMILA FERNANDA CONTRERAS DÍAZ, abogada, todos con domicilio para estos efectos en San Isidro 435, oficina 2005, Santiago, en contra de la SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN DEL DELITO, persona jurídica de derecho público, representada por su Subsecretario, don Eduardo Vergara Bolbarán. Deducen la acción por la dictación de Resolución Exenta RA N° 119302/100/2022, de 21 de abril de 2022, de la Subsecretaría de Prevención del Delito, mediante la cual se dispone el término anticipado de la contrata de la recurrente, por ser dicha resolución ilegal y arbitraria, y afectar sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, derecho de propiedad y libertad de trabajo. Piden que se declare ilegal y/o arbitraria la resolución precedentemente singularizada, dejando sin efecto el término anticipado de la contrata, ordenando el reintegro de doña Camila Contreras Díaz a sus funciones y el pago de aquellas remuneraciones que se devenguen en el tiempo intermedio, con expresa condenación en costas para la recurrida. Refieren que mediante Decreto Exento RA N°119302/10/2021 de fecha 23 de abril de 2021, que aprueba contrato a honorarios a suma alzada, para el cargo de Coordinadora Abogada en la comuna de Curicó, región del Maule, ingresó la recurrente a trabajar en la Subsecretaría de Prevención del Delito, con fecha 10 de diciembre de 2020. Indica que conforme expresa dicho acto, pasa a tener la calidad de agente público, además de detallarse las motivaciones constitutivas de fundamentos para la aprobación del contrato a honorarios. Agregan que desde el 01 de enero al 31 de diciembre de 2021, doña Camila Contreras Díaz, continuó prestando servicios, en calidad a contrata, con grado 11 en la escala única de sueldos, bajo el estamento profesional, para la Subsecretaría de Prevención del Delito, en la función de Coordinador, y que mediante Resolución Exenta RA N°119302/134/2021, de fecha 28 de diciembre de 2021, fue prorrogada la contrata hasta el 31 de diciembre de 2022. Ello, con grado 11º de la escala única de sueldos. Sostienen que en virtud de la función desempeñada, y durante el periodo durante el cual alcanzó a prestar servicios, fue evaluada por el periodo 2021-2022 de forma excelente, obteniendo un 6,9 como nota final, cumpliendo a cabalidad las metas exigidas. Precisa, asimismo, que mientras desempeñó sus funciones para la recurrida, en ningún momento ejerció cargos de su confianza. Expresan que con fecha 21 de abril de 2022, la recurrente fue informada personalmente del término anticipado de la designación a contrata, entregándole en dicha oportunidad Resolución Exenta RA N°119302/100/2022, de esa misma fecha. Cita considerandos de la misma, los cuales, en síntesis, comprenden que es decisión de la autoridad decidir sobre el término anticipado de las contratas, mediante acto fun

Fallo

se declara que se rechaza el recurso de protección interpuesto en favor de doña Camila Contreras Díaz, en contra de la Subsecretaría de Prevención del Delito. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N° Protección 72876-2022 Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra señora Paola Danai Hasbun Mancilla, el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuede. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós. Proveyendo los escritos folios 21 y 22: a todo, téngase presente. Visto y Considerando: Primero: Que comparecen don Matías Daniel Serey Guerra y don Jaime Nicolás Jaramillo Chahuán, abogados, quienes interponen recurso de protección en favor de doña CAMILA FERNANDA CONTRERAS DÍAZ, abogada, todos con domicilio para estos efect

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