TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE ARICA

MIN PUBLICO ARICA C/ NICOLAS EDUARDO BARRAZA BRANEZ

Rol

Fecha

23 de noviembre de 2022

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, se ha deducido recurso de apelación por la defensa del condenado Nicolás Eduardo Barraza Brañez en contra de la sentencia de 20 de septiembre de 2022 a efectos de obtener la sustitución de la reclusión parcial nocturna de carácter domiciliaria otorgada en la misma por la libertad vigilada, estimando, que cumple con los requisitos para su procedencia. SEGUNDO: Que, es dable tener presente que lo solicitado en el recurso, esto es, la sustitución de reclusión parcial nocturna domiciliaria por la libertad vigilada es una situación que está expresamente prevista en el artículo 37 de la Ley 18.216. TERCERO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 letra b) de la Ley N° 18.216 efectivamente la pena impuesta al condenado de 541 días, permite la concesión de la libertad vigilada tal como sostuvo su Defensa en estrado. CUARTO: Que, sin perjuicio de lo antes expuesto y de la atenta lectura de la sentencia en sus

Fundamentos

considerandos decimonoveno y vigésimo segundo, se observa que entre los documentos acompañados para la audiencia de determinación de pena, no se alude a un informe que expresamente dé cuenta que de los antecedentes sociales y características de personalidad del condenado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito que permitieren concluir que una intervención individualizada parece eficaz en el caso específico, para su efectiva reinserción social, requisito indispensable a la luz del artículo 15 N° 2 de la Ley N° 18.216, omisión ésta que no puede ser soslayada por esta Corte de Apelaciones. Por las anteriores consideraciones, SE CONFIRMA la sentencia apelada de veinte de septiembre del año en curso, pronunciada en la causa Rit 347-2021, Ruc N° 2010049517-2 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 605-2022 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a veintitrés de noviembre de dos mil veintidós. Sala: Segunda Sala Rol: 605-2022 Penal Ruc: 2010049517-2 RIT: 347-2021 Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica Integrantes: Ministra señora María Verónica Quiroz Fuenzalida, Ministro (I) señor Juan Araya Contreras y Fiscal Judicial señor Juan Manuel Escobar Salas Relator (a): Jacqueline

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