SIN INFORMACION

BELTRAN CAMPOS ALEXIS RONALD/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

23 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Haslie Maria Paz Bustamante Vargas, defensora penal privada, en representación de don ALEXIS RONALD BELTRAN CAMPOS, quien actualmente cumple condena en el CDP Santiago Sur y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al segundo semestre del año 2022- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, por lo que pide a esta Corte que, acogiendo el presente recurso, se reestablezca el imperio del derecho y se otorgue al amparado el aludido beneficio. Argumenta que no se ha evaluado correctamente sus avances en su proceso de reinserción social, ya que la mayor parte del proceso de evaluación se centra en sus características personales anteriores y la condena que cumple. Por estas razones pide se acoja el presente recurso en los términos ya señalados. SEGUNDO: Que, informando doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 24 de octubre recién pasado se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante posee un nivel de reincidencia alto, identificándose necesidades de intervención en el área pares, educación, empleo, utilización de tiempo libre y patrón antisocial y en cuanto a factores específicos se aprecia una deficient

Fallo

Por estas razones pide se acoja el presente recurso en los términos ya señalados. SEGUNDO: Que, informando doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 24 de octubre recién pasado se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante posee un nivel de reincidencia alto, identificándose necesidades de intervención en el área pares, educación, empleo, utilización de tiempo libre y patrón antisocial y en cuanto a factores específicos se aprecia una deficiente resolución de conflictos y problemas en el manejo de la ira. Se destaca que no se observa motivación por adquirir conocimientos que le permitan desarrollar actividades laborales adaptativas. No se ha confeccionado a su respecto plan de intervención y se sugiere la adherencia a intervención de un profesional para desarrollar estrategias que le permitan una desvinculación progresiva a entornos delictivos. Los aspecto

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós. Al folio N° 6: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Haslie Maria Paz Bustamante Vargas, defensora penal privada, en representación de don ALEXIS RONALD BELTRAN CAMPOS, quien actualmente cumple condena en el CDP Santiago Sur y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión

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