CORREA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, del análisis de los antecedentes acompañados al recurso, consta que el recurrente durante este año ha registrado un domicilio en un territorio jurisdiccional diverso al de esta Corte de Apelaciones, indicándose en la propia solicitud de permanencia definitiva, respecto de la cual se reclama en estos autos, que aquél se domicilia en la Región del Maule, comuna y ciudad de Curicó, por lo que encontrándose obligado el actor a informar un cambio de domicilio ante la recurrida, sin que conste haberlo realizado, no es posible verificar que los efectos del acto recurrido se produzcan en esta jurisdicción. Por lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema que rige la materia, se declara la INCOMPETENCIA de esta Corte de Apelaciones para conocer del recurso de protección deducido en el folio 1. Remítase los antecedentes, vía interconexión, a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, por corresponderle su conocimiento y resolución. Si se rechazare la competencia por la referida Corte de Apelaciones, entiéndase desde ya trabada la contienda respectiva, para efectos de que ésta sea dirimida por la Excma. Corte Suprema. Acordado lo anterior con el voto en contra de la abogada integrante Sra. María Latife Anich quien estuvo por declarar admisible el recurso y dar curso progresivo a los autos. Rol Corte 15.496-2022 .Protección
Fallo
Por lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema que rige la materia, se declara la INCOMPETENCIA de esta Corte de Apelaciones para conocer del recurso de protección deducido en el folio 1. Remítase los antecedentes, vía interconexión, a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, por corresponderle su conocimiento y resolución. Si se rechazare la competencia por la referida Corte de Apelaciones, entiéndase desde ya trabada la contienda respectiva, para efectos de que ésta sea dirimida por la Excma. Corte Suprema. Acordado lo anterior con el voto en contra de la abogada integrante Sra. María Latife Anich quien estuvo por declarar admisible el recurso y dar curso progresivo a los autos. Rol Corte 15.496-2022 .Protección
Texto Completo (Preview)
pchg C.A. de Rancagua Rancagua, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Que, del análisis de los antecedentes acompañados al recurso, consta que el recurrente durante este año ha registrado un domicilio en un territorio jurisdiccional diverso al de esta Corte de Apelaciones, indicándose en la propia solicitud de permanencia definitiva, respecto de la cual se recl
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