CELINE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 17 de septiembre del año en curso, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, para interponer acción constitucional de protección en favor de Wilson Celine, haitiano, domiciliado en calle Club Hípico N°4696, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, domiciliado en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba el ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de su solicitud de residencia definitiva. Indica que el recurrente presentó la referida petición el 3 de mayo de 2021, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento definitivo de parte de la autoridad recurrida sobre el beneficio migratorio señalado, lo que lo mantiene en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta, constituye una ilegalidad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud de planteada, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que evacuan el informe respectivo, los abogados Nicolás Cornejo Montenegro y Camila Cortés Palma, del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Exponen que el 10 de enero de 2022, se dictó Resolución Exenta N°22068223, que comunicó que la petición del recurrente se encuentra actualmente en la etapa de “evaluación intermedia”. de conformidad a lo dispuesto en la circular N°12 del
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San Miguel, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 17 de septiembre del año en curso, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, para interponer acción constitucional de protección en favor de Wilson Celine, haitiano, domiciliado en calle Club Hípico N°4696, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, r
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