JUZGADO DE GARANTIA DE LA CALERA

MP C/ ARANZA ANTONIA PAZ COS VILLALON

Rol

Fecha

23 de noviembre de 2022

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de la resolución impugnada, que esta Corte hace suyos; y de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de La Calera, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada ARANZA ANTONIA PAZ COS VILLALÓN. Acordada con el voto en contra del Ministro don Mario René Gómez Montoya, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, por estimar que otras medidas cautelares menos gravosas, de aquellas contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, son suficientes para asegurar los fines del procedimiento. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-2638-2022.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A.Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintitrés de noviembre de dos mil veintidós, se da inicio a esta audiencia a las 09:41 horas, ante la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, modalidad videoconferencia, siendo presidida por el Ministro don Mario René Gómez Montoya e integrada por el Ministro don Jaime Patricio Alejandro Arancibia Pinto y el Abogado Inte

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