REGGIO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
23 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece María Cristina Reggio, argentina, cédula de identidad para extranjeros número 25.173.139-6, soltera, de oficio asesora del hogar, con domicilio en Almirante Riveros número 1180, departamento 102, Torre C, comuna de San Bernardo, para interponer recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos con domicilio en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva. Indica que solicitó el referido beneficio migratorio el 5 de agosto de 2021, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, manteniéndola en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho, con expresa condenación en costas. Segundo: Que evacuan el informe respectivo los abogados del Servicio Nacional de Migraciones Antonio Henríquez Beltrán y Julián Salviat Silva, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostienen que el 7 de diciembre de 2021, se dictó Resolución Exenta N° 21346919, que comunicó que la petición del recurrente se encuentra actualmente en la etapa de “estu
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, el recurso de protección deducido en favor de María Cristina Reggio en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y se ordena al recurrido que dentro del plazo de sesenta días emita un pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 21.454 – 2022 Protección
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó contra el recurso de protección la abogada doña Stephanie Pinto González, asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 10:33 horas y terminó a las 10:38 horas. San Miguel, 23 de noviembre de 2022. Francisco Garay Torres. Relator. San Miguel, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós. Al folio 10: A todo, téngase presente. Vistos
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