NAVAS GEISY YSAMAR / MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
22 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado en representación de Geisy Ysamar Navas, de nacionalidad venezolana e interpone recurso de amparo en contra de la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y chilenos en el exterior y del Ministerio de la Relaciones Exteriores por el acto consistente en el rechazo de su solicitud de Visto Simple de Turismo y Visa de Permanencia Transitoria. Explica que, la amparada solicitó una visa de turismo ante el Consulado de Chile en Caracas, esto con el fin de visitar a su hija Yessika, quien reside en Chile y se encuentra embarazada. Sin embargo, por resolución de 2 de noviembre de 2022, el recurrido rechazó la petición de la actora por no acreditar solvencia económica que le permita la permanencia en el país, conforme al artículo 73 del DL 296. Respecto de aquella resolución, la recurrente dedujo recurso de reposición, el que también fue rechazado por estimar que, no acompañó antecedentes suficientes para desvirtuar lo resuelto. Reclama que la decisión del recurrido carece de sustento puesto que, según los documentos acompañados en su oportunidad, la amparada es accionista de una empresa denominada Inversiones KABG y obtiene ingresos provenientes de los dividendos de la sociedad por la suma de US$2.333 dólares. Agrega que, en el caso de la amparada, además contaba con carta de invitación expedida por su hija y su marido. En cuanto a la situación económica de la familia de la actora, refiere que su yerno percibe ingresos por la suma de $3.000.000 y este, a su vez, deposita a su cónyuge la suma de $1.600.000. Esta última situación no fue considerada por el recurrido, quien solo se computó los ingresos propios de la amparada. En cuanto a la ilegalidad reclamada, sostiene que la resolución ha vulnerado las disposiciones de los artículos 8, 11 y 41 de la Ley N°19.880, en particular lo relacionado con el deber de fundamentación del acto administrativo. Solicita que se aco
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 21 de Constitución Política de la República, se rechaza la acción de amparo deducida por Geisy Ysamar Navas. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. N°Amparo-4535-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra señora Paola Danai Hasbun Mancilla, el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuede. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintidós de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado en representación de Geisy Ysamar Navas, de nacionalidad venezolana e interpone recurso de amparo en contra de la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y chilenos en el exterior y del Ministerio de la Relaciones Exteriores
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