JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL SANTIAGO

LESPAI/TRANSPORTES VIA BUS LIMITADA

Rol

Fecha

24 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente:          Que atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo del cumplimiento de la sentencia, y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales, serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470, cuyo no es el caso, no pudiendo el presente recurso ser acogido a tramitación.          Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 472 de Código del Trabajo, se declaran inadmisibles las apelaciones interpuestas el cinco de noviembre de los corrientes, a folio 137 y 138, en contra de la resolución de dos de noviembre de dos mil veintidós.               Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral-Cobranza-3573-2022.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 472 de Código del Trabajo, se declaran inadmisibles las apelaciones interpuestas el cinco de noviembre de los corrientes, a folio 137 y 138, en contra de la resolución de dos de noviembre de dos mil veintidós.               Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral-Cobranza-3573-2022.

Texto Completo (Preview)

chv C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós. A los recursos de apelación subsidiarios, interpuestos por la parte demandante, Marcelino Lespai, a folios N°137 y N°138: Vistos y teniendo presente:          Que atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo del cumplimient

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