SIN INFORMACION

RAMOS COVARRUBIAS MARCELO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

22 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que recurre de amparo constitucional don Carlos Alberto Godoy Marillán, en favor de los intereses de MARCELO JHOANNY ANDRÉS RAMOS COVARRUBIAS, privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, correspondiente al segundo semestre del año 2022, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indicó que el amparado se encuentra cumpliendo una condena dictada con fecha 15 de julio de 2020. Siendo su fecha de término el día 7 de julio de 2023. Expresó que dicha condena equivale a 1087 días, y a la fecha de presentación del arbitrio, MARCELO JHOANNY ANDRÉS RAMOS COVARRUBIAS lleva cumplidos 835 días de su condena, restándole por cumplir 260 días; por lo tanto, cumple con el requisito del tiempo. Agregó que cumple también, con el requisito de conducta toda vez que ha tenido un excelente comportamiento, siendo calificado con muy buena conducta, los cuatro bimestres anteriores, a esta postulación. Arguyó que asistió con regularidad y provecho a la escuela del establecimiento y que ha aprendido un oficio en los talleres donde cumple la condena, manteniendo una actividad laboral. Refirió que cuenta con red apoyo para el momento en que salga en libertad, para ello tiene a su familia quienes le ayudarán desde su salida hasta su completa reinserción en el mundo laboral. Sostiene que en la especie, se le priva, al amparado, del ejercicio de un derecho cual es la libertad condicional al cumplirse todos y cada uno de los requisitos previstos por la ley para su concesión, lo que afecta de manera palmaria la libertad personal del amparado, al haberse privado esta forma de cumplimiento especial, que se traduce en cumplir en libertad el resto de la condena. Aseveró que la resolución de carácter administrativa, mediante la cual se rechazó la libertad condicional a la que fue postulado MARCELO JHOANNY ANDRÉS RAMOS COVARRUBIAS, fue dictada contra lo dispuesto en la normativa vigente y por ende es un acto arbitrario e ilegal, que afecta la libertad personal del amparado en contravención de lo dispuesto en la Constitución y las Leyes. Solicitó como medida para restablecer el imperio del derecho que se acoja el recurso y otorgar la inmediata libertad al amparado, por cumplir con todos y cada uno de los requisitos para que le sea concedida la libertad condicional. Segundo: Que informando doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de veinticuatro de octubre del año en curso, se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener conducta intachable y tiempo mínimo de condena, la resolución de la c

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de MARCELO JHOANNY ANDRÉS RAMOS COVARRUBIAS y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-4035-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de noviembre de dos mil veintidós. Al folio 6: A todo, téngase presente. Visto y considerando: Primero: Que recurre de amparo constitucional don Carlos Alberto Godoy Marillán, en favor de los intereses de MARCELO JHOANNY ANDRÉS RAMOS COVARRUBIAS, privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condic

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