JUZGADO DE GARANTIA DE VALPARAISO

MP C/ NICOLÁS IGNACIO ARAVENA BERRÍOS

Rol

Fecha

22 de noviembre de 2022

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y en virtud de sus propios fundamentos, se confirma la resolución apelada de veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso. Acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. José Luis Alliende Leiva quién fue del parecer de revocar la resolución en alzada, teniendo para ello presente que en su opinión de los antecedentes hechos valer en estrado por los intervinientes, de los cuales se desprende que la imputación respecto de la droga incautada en el domicilio de autos, puede ser atribuida al encartado y, en consecuencia, existen

Fundamentos

fundamentos para considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Dese orden inmediata de libertad, si no estuviere privado de ella por otro motivo. Comuníquese de inmediato por la vía más expedita. Ruc N° 2201037906-0. Rit 7448-2022. N°Penal-2630-2022.

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintidós de noviembre de dos mil veintidós, siendo las 09:17 horas, ante la Segunda Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones, integrada por el Ministro Sr. Álvaro Carrasco Labra, quien preside, la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo y por el abogado integrante Sr. José Luis Alliende Leiva, constituida para la vista del recurso de apelación v

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