SIN INFORMACION

SAMSUNG ELECTRONICS CHILE LIMITADA/23° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (LTE) A LA VISTA I.C. N° 14599-2022.

Rol

Fecha

21 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Álvaro Vives Martens, abogado en representación convencional de Samsung Electronics Chile Limitada, interponiendo falso recurso de hecho en contra de la resolución dictada por el 23º Juzgado Civil de Santiago de 26 de septiembre de 2022 en autos sobre procedimiento concursal de liquidación forzosa caratulados “Samsung Electronics Chile Limitada con Arch Comunicaciones Chile S.A.” tramitados bajo el Rol Nº4522-2021. Señala la recurrente que, mediante la resolución recurrida el tribunal a quo concedió el recurso de apelación interpuesto por Arch Comunicaciones Chile S.A., en contra de la resolución de 15 de septiembre de 2022 que rechazó el incidente de nulidad de lo obrado promovido por dicha empresa deudora. Dicha apelación ingresó a esta Corte el 4 de octubre de 2022 bajo el Rol IC 14.599-2022. Sin embargo, dicha apelación es improcedente por haberse interpuesto en contra de una resolución inapelable. Expone que, el recurso fue interpuesto en el contexto de un procedimiento de liquidación concursal, regido por la Ley 20.720, en cuyo artículo 4 establece expresamente que tratándose de “resoluciones judiciales que se pronuncien en los Procedimientos Concursales de Reorganización y de Liquidación”, el recurso de apelación solo procede en contra de “las resoluciones que esta ley señale expresamente”. Acto seguido, argumenta que, la Excelentísima Corte Suprema ha señalado que, atendido el carácter especial esa norma prima por sobre las normas generales establecidas en los artículos 187 y 188 del Código de Procedimiento Civil. Esgrime que la resolución apelada por Arch no se encuentra en ninguna de las hipótesis establecidas por la Ley 20.720 para hacer procedente la apelación y que la jurisprudencia ha precisado cuales son las resoluciones apelables en estos procedimientos, entre las cuales no se encuentran aquellas que rechazan incidentes de nulidad de lo obrado, como la resolución apelada por Arch. Añade que esta

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en las normas legales que rigen al efecto, SE ACOGE el falso recurso de hecho interpuesto por el abogado de la parte demandante. En consecuencia se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por Arch comunicaciones Chile S.A. Contra la resolución de quince de septiembre del año en curso. Regístrese y agréguese copia de esta en los autos Rol Ingreso Corte Civil N°14.599-2022, traídos a la vista. N°Civil-14662-2022. Pronunciada por la Sexta Sala, integrada por el Ministro señor Antonio Ulloa Marquez, el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y el Abogado Integrante señor Cristian Luis Lepin Molina. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Álvaro Vives Martens, abogado en representación convencional de Samsung Electronics Chile Limitada, interponiendo falso recurso de hecho en contra de la resolución dictada por el 23º Juzgado Civil de Santiago de 26 de septiembre de 2022 en autos sobre procedimiento concursal d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica