SIN INFORMACION

CORA BEATRIZ ROMERO LUGO Y OTROS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

21 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Comparecieron Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, a favor de Cora Beatriz Romero Lugo empleada, de nacionalidad venezolana; de Valentina Alexandra Rodríguez Romero menor de edad, de nacionalidad venezolana; y de Mogede Dorcilier empleado, de nacionalidad haitiana, domiciliados para estos efectos en la Comuna Concepción, e interponen acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Luis Thayer Correa, por la omisión ilegal y arbitraria en emisión de resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando las solicitudes de residencia definitiva, solicitada por los recurrentes de autos con fechas 19 de abril de 2022, 19 de abril de 2022 y 12 de noviembre de 2021. Señalan que doña Cora Beatriz Romero Lugo empleada, de nacionalidad venezolana, doña Valentina Alexandra Rodríguez Romero menor de edad, de nacionalidad venezolana, y don Mogede Dorcilier empleado, de nacionalidad haitiana, ingresaron al país en calidad de turista estando dentro del país deciden cambiar su condición migratoria por visas de residencia temporaria titular y dependiente, según consta en los estampados de visas que se acompaña al primer otrosí de esta presentación, con el propósito de establecerse y desarrollar sus proyectos de vida en Chile. Detallan que, en virtud del vencimiento de su visa de residencia temporaria al recurrente don Mogede Dorcilier se le aplica sanción pecuniaria por días de residencia irregular, realizando el pago respectivo de la multa en fecha 14 de octubre de 2021, segun consta en comprobante de pago que se acompaña en el primer otrosí de esta presentación. Expresan que, en ese sentido, y previo al vencimiento de sus visas como residentes temporarios con fechas 19 de abril de 2022, 19 de abril de 2022 y 12 de noviembre de 2021, los recurrentes de autos solicitan el beneficio migratorio de residencia defin

Fundamentos

motivos laborales, por un año y en calidad de titular, permiso que mantuvo su vigencia hasta el 24 de julio de 2019. Con fecha 1 de julio de 2019, la recurrente solicitó por primera vez ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el beneficio de la permanencia definitiva, mediante la solicitud N° 790171. Con fecha 1 de septiembre de 2020, el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública rechazó la solicitud N° 790171, otorgando de forma subsidiaria a la recurrente una visa de residencia temporaria por un año y en calidad de titular, vigente hasta el 18 de junio de 2022. Con fecha 19 de abril de 2022, la recurrente solicitó nuevamente ante el Servicio Nacional de Migraciones, el beneficio de la residencia definitiva, mediante la solicitud ID N° 4018032. La solicitud de la recurrente se encuentra actualmente en trámite, en etapa de Análisis I, tal como se aprecia en la foto-captura del Registro Nacional de Extranjeros que acompaña. Respecto de la situación migratoria de la recurrente doña VALENTINA ALEXANDRA RODRIGUEZ ROMERO, ciudadana venezolana, ingresó por primera vez al país con fecha 14 de febrero de 2018, por el paso fronterizo Aeropuerto Arturo Merino Benítez, en calidad de turista. Con fecha 18 de junio de 2018, el Departamento de Extranjería y Migración de la Gobernación Provincial de Concepción otorgó por primera vez a la recurrente una visa de residencia temporaria por motivos laborales, por un año y en calidad de dependiente, permiso que mantuvo su vigencia hasta el 24 de julio de 2019. Con fecha 19 de marzo de 2020, la recurrente solicitó por primera vez ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el beneficio de la permanencia definitiva, mediante la solicitud N° 790604. Con fecha 10 de septiembre de 2020, el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública rechazó la solicitud N° 790604, otorgando de forma subsidiaria a la recurrente una visa de residencia temporaria por un año y en calidad de dependiente, vigente hasta el 18 de junio de 2022. Con fecha 19 de abril de 2022, la recurrente solicitó nuevamente ante el Servicio Nacional de Migraciones, el beneficio de la residencia definitiva, mediante la solicitud ID N° 44493151. La solicitud de la recurrente se encuentra actualmente en trámite, en etapa de Análisis I. Respecto de la situación migratoria del recurrente don MOGENE DORCILIER, ciudadano haitiano, ingresó por primera vez al país con fecha 17 de febrero de 2018, por el paso fronterizo Aeropuerto Arturo Merino Benítez, en calidad de turista. Con fecha 27 de agosto de 2018, el Departamento de Extranjería y Migración de la Gobernación Provincial de Ñuble otorgó por primera vez al recurrente una visa de residencia temporaria por motivos laborales, por un año y en calidad de titular, la que mantuvo su vigencia hasta el 28 de agosto de 2019. Co

Fallo

Por lo expuesto, solicita acoger a tramitación el recurso ordenando al recurrido que se pronuncie sobre la misma en un plazo no superior a 30 días corridos o el que se estime conforme al mérito de autos y en general adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, todo lo anterior con expresa condena en costas. Informó el Servicio Nacional de Migraciones, por intermedio del abogado Julián Salviat Silva, indicando respecto de la situación migratoria de la recurrente doña CORA BEATRIZ ROMERO LUGO, ciudadana venezolana, que ingresó por primera vez al país con fecha 14 de febrero de 2018, por el paso fronterizo Aeropuerto Arturo Merino Benítez, en calidad de turista. Con fecha 18 de junio de 2018, el Departamento de Extranjería y Migración de la Gobernación Provincial de Concepción otorgó por primera vez a la recurrente una visa de residencia temporaria por motivos laborales, por un año y en calidad de titular, permiso que mantuvo su vigencia hasta el 24 de julio de 2019. Con fecha 1 de julio de 2019, la recurrente solicitó por primera vez ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el beneficio de la permanencia definitiva, mediante la solicitud N° 790171. Con fecha 1 de septiembre de 2020, el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública rechazó la solicitud N° 790171, otorgando de forma subsidiaria a la recurrente una visa de residencia temporar

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: Comparecieron Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, a favor de Cora Beatriz Romero Lugo empleada, de nacionalidad venezolana; de Valentina Alexandra Rodríguez Romero menor de edad, de nacionalidad venezolana; y de Mogede Dorcilier empleado, de nacionalidad haitiana, domiciliados para

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica